Detalle de la norma IG-13-2001-SDGREC
Instrucción General Nro. 13 Subdirección General de la Recaudación
Organismo Subdirección General de la Recaudación
Año 2001
Asunto Pautas para la revalidación de usuarios Sistema Maria
Detalle de la norma
IG-13-2001-SDGREC

IG-13-2001-SDGREC

 

Pautas para la revalidación de usuarios SIM

 

Visto la Instrucción General N° 01/2001 (SDG REC), resulta necesario realizar una revalidación de los usuarios del Sistema Informático María (S.I.M.), que cuente con la expresa autorización de las Jefaturas responsables.

OBJETIVO Y ALCANCE

Establecer pautas para proceder a la revalidación de la totalidad de usuarios del Sistema Informático MARIA pertenecientes a la nómina de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

RESPONSABILIDAD

La presente Instrucción resulta de cumplimiento obligatorio y su observancia es responsabilidad de todas las Jefaturas de unidades de estructura que tengan a su cargo personal que resulte usuario del Sistema Informático MARIA.

Es obligación de las citadas Jefaturas la notificación de la presente, por escrito, a todo el personal a su cargo. Asimismo, se deberá notificar a todos los recursos humanos que presten servicios bajo su supervisión, cualquiera fuese su condición laboral frente a la Administración Federal (pasantes, contratados, etc.), archivando esta última constancia en un bibliorato habilitado a tal fin.

CONSIDERACIONES GENERALES

Crear la Coordinación Central de Usuarios del Sistema Informático MARIA (C.C.U.S.I.M.) con el fin de supervisar las tareas pautadas para la revalidación.

En caso de detectarse situaciones o acciones que impidan el cumplimiento de la presente Instrucción General o se verifiquen irregularidades en la operatoria establecida, tales eventos serán puestos de inmediato en conocimiento de la Superioridad, mediante notificación fehaciente, sin perjuicio de la adopción de las medidas correctivas y sancionatorias que correspondieran.

CAPITULOS

La presente Instrucción General está integrada por tres capítulos

Capítulo I Creación de la Coordinación Central de Usuarios del Sistema Informático MARIA (C.C.U.S.I.M.) 

Capítulos II Etapas para la Revalidación General de Usuarios del Sistema Informático MARIA

Capítulo III    Procedimiento para la Revalidación General de Usuarios del Sistema Informático MARIA.

CAPITULO I

CREACION DE LA COORDINACION CENTRAL DE USUARIOS DEL SISTEMA INFORMATICO MARIA (C.C.U.S.I.M.)

MISIONES Y FUNCIONES:

a) Realizar el relevamiento de usuarios del S.I.M.

- Supervisar las tareas de revalidación de la totalidad de los usuarios internos del S.I.M.

Ejecutar las tareas de control de gestión y entrega de las actuaciones a la Subdirección General de Legal y Técnica, para su resguardo.

Relevamiento de los grupos de transacciones S.I.M., para lo cual podrá convocar temporariamente personal de otras áreas.

COMPOSICION:

La Coordinación estará integrada por cinco (5) miembros, de acuerdo con el siguiente detalle:

Un Jefe por la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

Un integrante por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Un integrante por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Dos Administrativos.

Todos con conocimientos informáticos, sobre procesador de texto y planilla de cálculo.

Apoyo de la Dirección Informática Aduanera, para las tareas de procesamiento de datos.

INTEGRANTES:

Se designa como miembros a los siguientes agentes:

ALVAREZ Carlos, legajo 25103-8 como Jefe; PELLEGRINI Adolfo, legajo 18107-2 por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas; MARCALAIN Carlos, legajo 23490-7 por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior; ANTUÑA Marcelo, legajo 27399-6 y BLANCO José Javier, legajo 18139-1 como administrativos.

VIGENCIA:

Hasta la conclusión de la totalidad de las tareas correspondientes a la revalidación de usuarios S.I.M.

CAPITULO II

ETAPAS PARA LA REVALIDACION GENERAL DE USUARIOS INTERNOS DEL SISTEMA INFORMATICO MARIA

Etapas:

La revalidación de usuarios se realizará de acuerdo a las siguientes etapas:

1°.- Usuarios del S.I.M. pertenecientes a las áreas informáticas (AFIP y DGA) que acceden a la base de datos. 

2°.- Usuarios S.I.M. pertenecientes a la A.F.I.P. con exclusión de los tratados en la 1a etapa.

3°.- Revalidación de los grupos de usuarios del S.I.M..

Plazos:

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) dictará las medidas complementarias a fin de establecer los plazos en que se deben realizar las Etapas descriptas en el punto anterior.

CAPITULO III

PROCEDIMIENTO PARA LA REVALIDACION GENERAL DE USUARIOS DEL SISTEMA INFORMATICO MARIA

Obligatoriedad:

Es obligatorio que cada usuario S.I.M., para poder continuar desempeñándose como tal, realice su revalidación, dentro del período asignado acorde a las etapas establecidas en el Capítulo II.

Todo agente deberá efectuar tantas revalidaciones como usuarios S.I.M. posea.

El que no haya realizado su revalidación dentro del período que le corresponda, perderá su condición de usuario S.I.M.. 

El usuario que haya cumplido con su revalidación, se encuentra en condiciones de trabajar en forma normal. Esta revalidación será confirmada o denegada posteriormente por la D.G.A. a través de sus áreas específicas. La denegatoria a esta revalidación originará la pérdida de su condición de usuario S.I.M.

En la eventualidad que necesidades operativas requieran el alta de un usuario, inhabilitado en este proceso, la Jefatura correspondiente deberá proceder en concordancia con lo normado para la tramitación de una nueva alta, de acuerdo a la Instrucción General N° 01/2001 (SDG REC).

2. Procedimiento:

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS establecerá los procedimientos de carácter adicional o complementarios a aplicar para llevar a cabo cada una de las etapas establecidas en el Capítulo II de la presente Instrucción General.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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