Resolución 9-2013
Resolución
9-2013
Mendoza,
23/4/2013
VISTO el Expediente Nº 311-000251/2007-1 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA (INV), las Resoluciones Nros. C. 24 de fecha 13 de setiembre de
2005 y C. 6 de fecha 8 de abril de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto se tramita la modificación de la
resolución que establece los tipos de Vinos Espumosos según el contenido de
azúcar.
Que por Resolución Nº C. 24 de fecha 13 de setiembre de 2005 se aprueban los códigos
de productos que deben utilizar los inscriptos en el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA (INV) para efectuar las registraciones en toda documentación
oficial que presentan a este Organismo.
Que por Resolución Nº C. 6 de fecha 8 de abril de 2013 el INV aprueba la
expresión EXTRA DULCE como una nueva categoría de designación de los VINOS
ESPUMOSOS, no contemplando los códigos correspondientes para identificar a
estos vinos.
Que para transmitir las Declaraciones Juradas y efectuar las registraciones en
Libros Oficiales, se hace necesario consignar el código específico de estos
productos.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878,
24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1º — Incorpóranse a la TABLA NUMERICA DE CODIGO DE PRODUCTOS
VITIVINICOLAS, DE ALCOHOLES Y PRODUCTOS DE USO ENOLOGICO, OTROS PRODUCTOS Y
ELEMENTOS DE USO EN ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS, implementada por Resolución
Nº C. 24 de fecha 13 de setiembre de 2005 los Códigos y Productos que a
continuación se detallan:
CODIGO
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DENOMINACION
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640
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VINO ESPUMOSO/CHAMPAGNE EXTRA DULCE BLANCO
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641
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VINO ESPUMOSO/CHAMPAGNE EXTRA DULCE TINTO
|
642
|
VINO ESPUMOSO/CHAMPAGNE EXTRA DULCE ROSADO
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2º — Incorpórase a la TABLA DE
RELACION ENTRE CODIGOS DE PRODUCTOS VITIVINICOLAS, DE ALCOHOLES Y PRODUCTOS DE
USO ENOLOGICO, OTROS PRODUCTOS Y ELEMENTOS DE USO EN ESTABLECIMIENTOS VINICOLAS
Y CODIGOS DE GRUPOS DE PRODUCTOS VITIVINICOLAS, DE ALCOHOLES Y PRODUCTOS DE USO
ENOLOGICO, OTROS PRODUCTOS Y ELEMENTOS DE USO EN ESTABLECIMIENTOS VINICOLAS,
implementada por Resolución Nº C. 24/05, el Código de Grupo conforme al
siguiente detalle:
GRUPO
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PRODUCTOS
RELACIONADOS CON EL GRUPO
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CODIGO
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DENOMINACION
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CODIGO
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DENOMINACION
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957
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VINO ESPUMOSO/
CHAMPAGNE Y ESPUMANTE NATURAL
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640
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VINO
ESPUMOSO/CHAMPAGNE EXTRA DULCE BLANCO
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641
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VINO
ESPUMOSO/CHAMPAGNE EXTRA DULCE TINTO
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642
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VINO
ESPUMOSO/CHAMPAGNE EXTRA DULCE ROSADO
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3º — Los establecimientos inscriptos que obtengan estos tipos de
productos, deberán consignarlos en sus Declaraciones Juradas mensuales.
4º — El incumplimiento a lo establecido en la presente normativa, será
considerado en infracción a lo establecido en el Artículo 24, inciso i) de la
Ley General de Vinos Nº 14.878.
5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N.
GUILLERMO D. GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.
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