Detalle de la norma RG-3480-2013-AFIP
Resolución General Nro. 3480 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2013
Asunto Posición Arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)
Boletín Oficial
Fecha: 19/04/2013
Detalle de la norma
Resolución General 3480

Resolución General 3480

Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General  1618.



Bs. As., 17/4/2013

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13289-28695-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que en dicha actuación se sometió a determinada mercadería al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), regulado mediante la Resolución General Nº 1.618.

Que como consecuencia de ello, y con la intervención de las áreas técnicas competentes, se emitió el Criterio de Clasificación Nº 18/13.

Que, conforme a las constancias que obran en la mencionada actuación, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1.618.

Que, asimismo, resulta conveniente destacar que la mercadería comprendida en el citado Criterio de Clasificación se encuentra alcanzada por la previsiones de la Ley Nº 24.051 y de los Decretos Nº 181 del 24 de enero de 1992 y Nº 831 del 23 de abril de 1993.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ubícase en la Posición Arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que se indica, a la mercadería detallada en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

Art. 2° — La mercadería descripta en el Criterio de Clasificación Nº 18/13 se encuentra comprendida en los alcances de la de la Ley Nº 24.051 y de los Decretos Nº 181 del 24 de enero de 1992 y Nº 831 del 23 de abril de 1993.

Art. 3° — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día hábil inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

Art. 4° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Comité Técnico Nº 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo. — Ricardo Echegaray.

ANEXO (Artículo 1º)



POSICION ARANCELARIA NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

CRITERIO DE CLASIFICACION N°

ACTUACION SIGEA N°

3825.61.00

Lodo biológico anaeróbico, obtenido como producto de desecho a partir del tratamiento de efluentes procedentes del lavado y procesamiento industrial de verduras congeladas, conteniendo principalmente materia orgánica con carga microbiana metanogénica, cuya humedad es del 89% aproximadamente, presentado bajo la forma de sólido granular.

18/13

13289-28695-2012

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-1618-2003-AFIP Posición Arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)
Relaciona LE-24051-1992-PLN Posición Arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)