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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Instrucción General n° 1 |
03/01/2006 |
Fecha:
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Dependencia:
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IG-1-2006-DGA
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Tema:
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Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires |
Asunto:
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Regularización. Depósitos en Cuenta Recaudación a Afectar
3266/89 para ser afectados a Liquidaciones Manuales Pendiente de Afectación. |
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VISTO la competencia del Departamento Asistencia
Administrativa y Técnica de Buenos Aires con relación a la administración de la
cuenta corriente 3266/89 “Recaudación a Afectar Aduana de Buenos Aires”
correspondiente al ámbito de
la
Aduana de Buenos Aires, y considerando que resulta
necesario establecer un adecuado procedimiento administrativo y de control
que permita efectuar correctamente la regularización de aquellos depósitos
efectuados con el fin de ser utilizados para la afectación de liquidaciones
manuales, las que por el cúmulo de tareas y la implementación de
la Resolución General
1917 (AFIP) el servicio aduanero no hubiese podido afectar oportunamente,
seguidamente se instruyen las pautas de trabajo a adoptar en tal sentido: |
En
aquellas situaciones en las que el servicio aduanero detecte la falta de afectación
de una liquidación manual cuyo depósito se encontrare en
la Cuenta Corriente
3266/89 “Recaudación a Afectar Aduana de Buenos Aires”, deberá requerir por
escrito a su Jefatura inmediata, la intervención de
la División Documentación
Fiscal para la regularización del depósito a la cuenta corriente 3601/48 “
Cuenta Unica de Recaudación a Afectar”. Dicho requerimiento deberá formalizarse por escrito informando: |
La
dupla a utilizar (que deberá coincidir con
la LMAN generada), indicando en su caso el tercer
CUIT. |
El
monto del depósito |
El
identificador de
la Boleta
de Depósito |
El
identificador de LMAN a afectar |
La
presentación del importador /exportador indicando que efectuó el depósito en
trato para la afectación de
la
LMAN respectiva. |
La
División Documentación Fiscal una vez certificado el pago y generada la devolución administrativa, efectuará
la extracción de fondos de la cuenta corriente 3266/89 “Recaudación a Afectar
Aduana de Buenos Aires” y los acreditará en la cuenta corriente 3601/48
“Cuenta Unica de Recaudación a Afectar” según lo informado por el área
generadora de la liquidación manual en el punto 1). |
Efectuado el depósito de fondos en la cuenta única,
la División Documentación
Fiscal remitirá las actuaciones administrativas al área generadora de la liquidación
manual para que proceda a la afectación de la liquidación generada en el
punto 1). |
Fdo:
Cra Rosana LODOVICO Jefe Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de
Buenos Aires |
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