Detalle de la norma RE-5-2013-DGA
Resolución Nro. 5 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2013
Asunto Régimen de Aduana Domiciliaria, Bagley Argentina
Boletín Oficial
Fecha: 26/03/2013
Detalle de la norma

Resolución  5-2013-2013

Extensión del Régimen de Aduanas Domiciliarias Resolución Nº 39/02 (DGA).

 

 

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 12666-106-2008, originada el 25 de Noviembre de 2008, y la ACTUACION SIGEA Nº 15803-23-2012 ambas en trámite ante el Departamento Grandes Operadores y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que las firmas integrantes del Grupo ARCOR S.A.I.C., a saber ARCOR S.A.I.C. CUIT Nº 30-50279317-5; CARTOCOR S.A. CUIT Nº 30-58673333-4; FRUTOS DE CUYO S.A. CUIT Nº 30-60972431-1; CARLISA S.A. CUIT Nº 30-61677311-5; ALICA S.A. CUIT Nº 30-62086811-2; CANDY S.A. CUIT Nº 30-62086859-7; CONVERFLEX S.A. CUIT Nº 30-62097037-5; DULCIORA S.A. CUIT Nº 30-62097242-4, a través de su representante legal solicitan extender su operatoria al amparo del Régimen de Aduanas Domiciliarias, regulado por la Resolución General Nº 596 (AFIP), en nuevas instalaciones dispuestas al efecto, en el marco de la excepción prevista en el apartado 7.6 del Anexo III de la mencionada Resolución General y la incorporación a la operatoria de la firmas BAGLEY ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70889578-0 y LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. CUIT Nº 30-52551891-0.

 

Que la nómina de firmas integrantes del mencionado grupo empresario ha sufrido modificaciones respecto de la nómina que fuera autorizada a operar en el marco de la Resolución Nº 39/2002 (DGA), por cuanto la firma ESTIRENOS S.A. CUIT Nº 30-61199970-0, se encuentra dada de baja del registro de esta Administración Federal, acorde a lo previsto en la Resolución General Nº 2220 (AFIP) y las firmas METALBOX S.A. CUIT Nº 33-61355336-9 y FLEXIPRIN S.A. CUIT Nº 30-62086729-9 fueron dadas de baja en virtud de lo dispuesto en la Resolución General Nº 2144 (AFIP).

 

Que ha tomado intervención la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, quien a través de la División Aduana de Córdoba presta su conformidad a las instalaciones que el Grupo empresario posee en el predio ubicado en Avenida Vélez Sarsfield Nº 6667 Ciudad de Córdoba y la planta situada en Ruta Nº 9 Norte Km 750 de la localidad de Colonia Caroya, expresando que ambas instalaciones se encuentran en condiciones de operar acorde a lo establecido en la Resolución General Nº 596 (AFIP).

 

Que teniendo en cuenta la localización de las instalaciones a habilitar, resulta pertinente aprobar la creación de una nueva Aduana Domiciliaria en cada una de las instalaciones, y designar Jefes y guardas estables en las mismas.

 

Que a fin de verificar que las nuevas firmas a incorporar al Régimen de Aduanas Domiciliarias, como así también las incluidas mediante la Resolución Nº 39/2002(DGA), cumplan las condiciones estipuladas en la normativa referenciada, se efectuaron a través del Departamento Grandes Operadores, consultas a las distintas dependencias de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, como también constataciones personales en la empresa.

 

Que reunida la información aportada por las áreas, la que obra acumulada a la presente actuación, la División Aduanas Domiciliarias y Factorías dependiente del Departamento Grandes Operadores, eleva un pormenorizado informe a la Jefatura Departamental.

 

Que en base a este último informe y habiéndose verificado la existencia de las instalaciones para el establecimiento de la Aduana Domiciliaria y acreditada la presentación de la garantía requerida deconformidad a lo estipulado en el Anexo II, punto 4 de Resolución General Nº 596 (AFIP), el Departamento Grandes Operadores propicia la autorización para extender la operatoria del Régimen de Aduanas Domiciliarias, a las firmas BAGLEY ARGENTINA S.A. y LA CAMPAGNOLA S.A.C.I., pertenecientes al GRUPO ARCOR S.A.I.C., por entender que las mismas cumplen con todos los requisitos legales establecidos a tal fin.

 

Que han tomado la intervención, que les compete, las Subdirecciones de Generales de Técnico Legal Aduanera, Operaciones Aduaneras Interior y Control Aduanero.

 

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, apartado 2, inc. p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 2° de la Resolución General Nº 596 (AFIP).

 

Por ello,

 

 

 LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

 

 ARTICULO 1° — Acéptese la inclusión en el Régimen de Aduanas Domiciliarias establecido en la Resolución General Nº 596 (AFIP) a la firmas BAGLEY ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70889578-0 y LACAMPAGNOLA S.A.C.I. CUIT Nº 30-52551891-0 integrantes del Grupo ARCOR S.A.I.C., ambas con domicilio legal en Avenida Fulvio S. Pagani 487 - Arroyito, Provincia de Córdoba.

 

 ARTICULO 2° — Actualícese la nómina de las firmas integrantes del Grupo ARCOR S.A.I.C., a saber: ARCOR S.A.I.C. CUIT Nº 30-50279317-5; CARTOCOR S.A. CUIT Nº 30-58673333-4; FRUTOS DE CUYO S.A. CUIT Nº 30-60972431-1; CARLISA S.A. CUIT Nº 30-61677311-5; ALICA S.A. CUIT Nº 30-62086811-2; CANDY S.A. CUIT Nº 30-62086859-7; CONVERFLEX S.A. CUIT Nº 30-62097037-5; DULCIORA S.A. CUIT Nº 30-62097242-4; BAGLEY ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-70889578-0 y LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. CUIT Nº 30-52551891-0, todas con domicilio legal en Avenida Fulvio S. Pagani 487 - Arroyito, Provincia de Córdoba.

 

 ARTICULO 3° — Autorícese a las firmas integrantes del Grupo ARCOR S.A.I.C. a desarrollar su operatoria en el Régimen de Aduanas Domiciliarias establecido en la Resolución General Nº 596 (AFIP), en las instalaciones sitas en Avenida Fulvio S. Pagani 487 localidad de Arroyito, en el predio ubicado en Avenida Vélez Sarsfield Nº 6667 Ciudad de Córdoba y en las instalaciones sitas en Ruta Nº 9 Norte Km 750 localidad de Colonia Caroya, todas en la Provincia de Córdoba.

 

 ARTICULO 4° — Dentro de los TREINTA (30) días de publicada la presente en el Boletín Oficial, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior propondrá la designación de Jefes y guardas que pasarán a prestar servicios en las nuevas Aduanas Domiciliarias.

 

 ARTICULO 5° — Acéptese para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, la Garantía de Actuación para la firma BAGLEY ARGENTINA S.A. por la suma de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 8.627.286,53) y para la firma LA CAMPAGNOLA S.A.C.I., la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 193.676,97), y proceder a su afectación por el Departamento Grandes Operadores.

 

 ARTICULO 6° — Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal del GRUPO ARCOR S.A.I.C. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora General, Dirección General de Aduanas.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-596-1999-AFIP Régimen de Aduana Domiciliaria, Bagley Argentina