Disposición 51-2013
Normas para la distribución de la Cuenta “DIRECCION
GENERAL IMPOSITIVA - Cuenta de Jerarquización” y del Régimen de Jerarquización
para el personal de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS - S/Régimen de
transición - Modificación Disposición 442-1999 (AFIP).
Bs. As., 27/2/2013
VISTO la Disposición Nº 442 (AFIP) del 7 de julio de 1999
y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el cuerpo normativo citado en el Visto contiene las
pautas para la distribución de las partes selectivas contempladas en los
regímenes de jerarquización para el personal de la ex-DIRECCION GENERAL
IMPOSITIVA y de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, de conformidad con lo
establecido en la Resolución M.E. y O.S.P. Nº 1.103 del 2 de octubre de 1997,
modificada por sus similares Nros. 839 del 2 de julio de 1999 y 251 del 16 de
octubre de 2009.
Que asimismo resulta propicio determinar la vigencia del
sistema en su conjunto hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que a efectos de definir la distribución de estos
conceptos a partir del 1° de junio de 2013, corresponde llevar a cabo un nuevo
proceso de evaluación de la efectividad del personal para lo cual cabe adoptar
las previsiones normativas correspondientes.
Que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la
Resolución M.E. y O.S.P. Nº 839 del 2 de julio de 1999, el suscripto se
encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Considerar el período de vigencia previsto
en el artículo 1° de la Disposición Nº 442/99 (AFIP) hasta el 31 de diciembre
de 2013.
ARTICULO 2° — A los efectos de definir la participación
del personal en la distribución de las partes selectivas contempladas en los
regímenes de jerarquización para el personal de la ex-DIRECCION GENERAL
IMPOSITIVA y de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS a partir del 1° de
junio de 2013, el período a considerar para las evaluaciones previsto en los
Artículos 12 y 13 de las normas contenidas en el Anexo Ia de la Disposición Nº
442/99 (AFIP) y sus modificatorias será el comprendido entre el 1 de octubre de
2012 y el 31 de marzo de 2013.
El período mínimo a que se refieren los Artículos 14; 16 a) y b); 17; 18 y 19 de las mismas normas queda establecido en DOS (2) meses de servicios
efectivos.
ARTICULO 2° — Hasta el 31 de mayo de 2013, la
participación del personal en la Cuenta “DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA - Cuenta
de Jerarquización” o en el Régimen de Jerarquización para el personal de la
ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, según corresponda, permanecerá sujeta a
las bandas y FONAS vigentes a la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.