Instrucción
General 3-2013-DGA
Se establece una
metodología de trabajo que permita optimizar las decisiones para la
conformación de los criterios generales de selectividad que deba definir la Subdirección General de Control Aduanero para la gestión de riesgo.
Buenos Aires, 3 de Enero
de 2013.
A. INTRODUCCIÓN
Mediante la Disposición 7/13
(AFIP) se incorporaron modificaciones a la estructura organizativa de las
Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y del
Interior, dependientes de esta Dirección General de Aduanas, que readecuaron
las responsabilidades asignadas a las áreas involucradas, con el fin de
optimizar aún más sus unidades operativas, unificando criterios de
selectividad en cuanto a investigación y de fiscalización.
Asimismo, es de destacar
que sin perjuicio de que la Subdirección General de Control Aduanero resulta competente por las acciones y tareas asignadas, para planificar y proponer los
criterios de selectividad que permiten definir los perfiles de riesgo de las
destinaciones y/u operaciones aduaneras, como así también de los operadores y
auxiliares del comercio exterior; todas las demás áreas dependientes de esta
Dirección General contribuyen, con el cumplimiento y desarrollo de las acciones
delegadas a dichas tareas, retroalimentando el sistema de análisis.
Por ello, la información
con que cuenta cada una de las Subdirecciones Generales corresponde que sea
evaluada y considerada, a los fines de definir los perfiles de riesgo y
contribuir a la mejora en la selección de casos a ser controlados.
En consecuencia, resulta
procedente el dictado de la presente Instrucción General a fin de establecer
una metodología de trabajo, que permita optimizar las decisiones respecto de la
determinación de los criterios y perfiles en cuestión, en función de las
responsabilidades que le compete a cada unidad de estructura.
B. ALCANCE
La presente Instrucción
General será de aplicación para la conformación de los criterios generales de
selectividad que deba definir la Subdirección General de Control Aduanero para la gestión de riesgo, así como cuando sea
necesario la eliminación y/o modificación de los criterios vigentes.
C. ÁREAS INTERVINIENTES
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
CONTROL ADUANERO
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TECNICO LEGAL ADUANERA
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
D. PAUTAS PROCEDIMENTALES
1. Las Subdirecciones
Generales mencionadas en el apartado C, deberán establecer un cronograma de
reuniones y un programa de pautas de trabajo.
2. Deberán reunirse como
mínimo, al menos una vez, entre los días 1 al 5 de cada mes.
3. Las Subdirecciones
Generales de Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras del Interior, y
de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, en el ámbito de sus competencias,
brindarán información relacionada con aquellos aspectos que la Subdirección General de Control Aduanero, determine como necesarios para la confección de los
criterios de selectividad y para la definición de los perfiles de riesgo de las
destinaciones y/u operaciones aduaneras, como así también de los operadores y
auxiliares del comercio exterior.
4. Deberá evaluarse la efectividad
de los criterios y alertas que han sido emitidos, como así también el impacto
de acuerdo a la capacidad operativa; en relación con la lucha contra el fraude
marcario, el control de las prohibiciones no económicas y de mercaderías de
índole sensitivo, a los fines de permitir la modificación o eliminación de las
decisiones adoptadas, a modo de una retroalimentación del sistema de decisión.
5. Con una periodicidad
mensual, la Subdirección General de Control Aduanero, informará a la Dirección General de Aduanas las decisiones o modificaciones efectuadas en el marco de la
presente Instrucción General, como así también los índices de selectividad.
E. VIGENCIA
La presente Instrucción
General será de aplicación a partir de la fecha de su dictado.
F. DIFUSION Y PUBLICACIÓN
El texto de la presente
Instrucción deberá ser publicado en el Boletín de la Dirección General de Aduanas, y a su vez estará disponible en:
http://intranet/otras/dga/index.asp
Asimismo se podrá
consultar en la página de Intranet de la Dirección de Asuntos Organizacionales, en el vínculo:
http://intranet/otras/diasor/biblioteca.virtual.asp
Fdo.: LIC. MARIA SIOMARA
AYERAN
DIRECTORA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota: Publicada en
el BDGA 11/13 del 01/02/2013