Resolución 12-2013
Se prorroga la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle
denominado “Terminal de Carga de Graneles, Cereales, Oleaginosos y
Subproductos” de la firma LDC Argentina S.A., ubicado en el sector denominado
Cangrejales, sobre la margen Norte del estuario del Puerto de Bahía Blanca,
Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la Aduana de Bahía Blanca, por el término de 30 días corridos, a computarse a partir del
vencimiento del plazo establecido por la Resolución Nº 284/12 (SDG OAI), para la exportación de cereales, oleaginosos y subproductos.
Buenos
Aires, 14 de Enero de 2013.
VISTO
la Actuación SIGEA Nº 12564-136-2011/8 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que
por actuación SIGEA Nº 12564-136-2011 tramitó la habilitación provisoria de una
zona operativa aduanera en el muelle denominado “Terminal de Carga de Graneles,
Cereales, Oleaginosos y Subproductos”, ubicado en el sector denominado
Cangrejales, sobre la margen Norte del estuario del Puerto de Bahía Blanca,
Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la Aduna de Bahía Blanca, para la exportación de cereales, oleaginosos y subproductos,
solicitada por la firma LDC ARGENTINA S.A. (CUIT 30-52671272-9).
Que
se encuentra acreditado en la citada actuación que a solicitud del Consorcio de
Gestión del Puerto de Bahía Blanca (CGPBB), por expediente S01:0110541/2011
tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la ampliación de la
habilitación portuaria el Puerto de Bahía Blanca — oportunamente otorgada por Decreto
Nº 640 del 21 de Mayo de 2004— en relación al citado muelle,
concesionado a la firma LDC ARGENTINA S.A.
Que
por la actuación citada en el Visto, se propicia el dictado de un acto
administrativo que permita garantizar la continuidad de las operaciones de
comercio exterior que se desarrollan en dicho sitio operativo.
Que
en las presentes han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico
Institucional.
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar las operaciones que se
desarrollen en el mencionado muelle, con carácter provisorio, por un nuevo
termino de TREINTA (30) días corridos, a computarse a partir del vencimiento
del plazo establecido por la Resolución
Nº 284/12 (SDG OAI).
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo
1° de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por
ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el
muelle denominado “Terminal de Carga de Graneles, Cereales, Oleaginosos y Subproductos”
de la firma LDC ARGENTINA S.A. (CUIT 30-52671272-9), ubicado en el sector
denominado Cangrejales, sobre la margen Norte del estuario del Puerto de Bahía
Blanca, Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la Aduna de Bahía Blanca, por el término de TREINTA (30) días corridos, a computarse a partir
del vencimiento del plazo establecido por la Resolución
Nº 284/12 (SDG OAI), para la exportación de
cereales, oleaginosos y subproductos.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca. Remítanse los presentes a la Aduana de Bahía Blanca para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector
General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.