Detalle de la norma DR-8-1995-CCM
Directiva Nro. 8 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 1995
Asunto Créase el Subcomité Técnico de Estadísticas de Comercio Exterior
Detalle de la norma

 

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Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Directiva Nº 8 31/05/1995 Fecha:  
 
Dependencia: DR-8-1995-CCM
Tema: MERCOSUR
Asunto: Créase el Subcomité Técnico de Estadísticas de Comercio Exterior
 

VISTO: Las Decisiones CMC 1/92 y 9/94, la Resolución GMC 49/94 la Directiva CCM 1/95 y la Recomendación N° 01/95 del CT 3 (Normas y Disciplinas #CCFFCC

Comerciales)

CONSIDERANDO: Que resulta de gran importancia contar con información de comercio exterior del Mercosur que sea armónica y confiable.

Que las tareas de compatibilización de conceptos, cobertura estadística y prácticas utilizadas en la elaboración de la información estadística, es conveniente dotar al CT 3 de la estructura adecuada para la facilitación de su trabajo.

La Comisión de Comercio adopta la siguiente DIRECTIVA

Artículo 1ro: Créase el Subcomité Técnico de Estadísticas de Comercio Exterior en el ámbito del CT 3, con el objeto de compatibilizar las metodologías utilizadas para la elaboración de las estadísticas de comercio exterior en el Mercosur y difundir Ia información del intercarnbio comercial de los Estados Partes.

Articulo 2do.: A los efectos de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el Artículo 1ro fijase el siguiente cronograma de tareas a desarrollar en el ámbito de este Subcomité:

Primera Etapa:

 

a) revisión del contenido y diagramación, y culminación del manual de compatibilización, incluyendo cobertura estadística, conceptos, definiciones y armonización de las tablas de códigos.

 

b) remisión para la consideración del CT 3 y elevación a la CCM para la aprobación definitiva del manual.

Segunda Etapa:

 

a) publicación, difusión e implementación del manual en los Estados Partes.­

Tercera Etapa:

 

a) seguimientos de los inconvenientes resultantes de la implementación del manual;

 

b) análisis de factibilidad para la interconección de bases de datos.

 

c) Elaboración de un plan de trabajo para el último trimestre de 1995 destinado a la creación de una base de datos Mercosur disponible en los cuatro países, con actualización trimestral, incluyendo un Directorio de Exportadores.

Cuarta Etapa:

Análisis de metodologías alternativas para eI relevamiento de las transacciones del comercio intra‑regional en un contexto de debilitamiento de los puestos fronterizos como fuentes de información estadística.

Artículo 3ro: El cronograma de tareas previsto en el Artículo 2do. deberá quedar concluído el 30/9/95.

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-48-1994-GMC Compl subcomites técnicos