LOA
Resolución
1-2013
Derógase Resolución 438-2012 y el Item 4., del apartado A) Producción,
del Anexo I de la Resolución Nº 1312-2008.
Bs. As., 4/1/2013
VISTO el Expediente Nº S01:003121/2013 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y la Resolución Nº 1 de fecha 3 de enero de 2013 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución mencionada en el VISTO se sustituyó el ANEXO I de la Resolución Nº 394 de fecha 15 de noviembre de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, estableciendo un nuevo esquema de retenciones a las exportaciones de
petróleo crudo.
Que por el Artículo 2° de dicha normativa se notificó a esta SECRETARIA DE
ENERGIA a los fines de efectuar las modificaciones normativas que estime
corresponder.
Que por Resolución Nº 1312 de fecha 1° de diciembre de 2008 de esta SECRETARIA
DE ENERGIA se aprobó la reglamentación de los Programas Petróleo Plus y
Refinación Plus, creados por el Artículo 1° del Decreto Nº 2.014 de fecha 25 de
noviembre de 2008.
Que como parte del Programa Petróleo Plus y en dicha reglamentación, se
estableció el otorgamiento de incentivos a través de la emisión de certificados
de crédito fiscal utilizables para cancelar derechos de exportación
establecidos por la Resolución Nº 394 de fecha 15 de noviembre de 2007 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para aquellas empresas, que,
cumpliendo ciertos requisitos, exportasen petróleo crudo.
Que en el marco de los principios y objetivos del Programa Petróleo Plus y por la Resolución Nº 438 de fecha 21 de junio de 2012 de esta SECRETARIA DE ENERGIA se determinó una
compensación para cada barril excedente exportado.
Que conforme los considerandos de la Resolución mencionada en el VISTO, resulta conveniente unificar los mecanismos establecidos en dichas Resoluciones, en
busca de un nivel de rentabilidad similar entre el petróleo de exportación y el
destinado al mercado interno.
Que en consecuencia corresponde derogar la Resolución Nº 438 de fecha 21 de junio de 2012, y los artículos y/o ítems de la Resolución Nº 1312 de fecha 1° de diciembre de 2008, ambas de esta SECRETARIA DE ENERGIA, a
los fines de alcanzar la unificación citada en el considerando precedente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 19.549 de Procedimiento Administrativo y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre
de 2003 y sus modificatorias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Derógase la Resolución Nº 438 de fecha 21 de junio de 2012
de esta SECRETARIA DE ENERGIA.
Art. 2° — Derógase el Item 4., del Apartado A) Producción, del Anexo I de la Resolución Nº 1312 de fecha 1° de diciembre de 2008 de esta SECRETARIA DE ENERGIA.
Art. 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha
de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Daniel O. Cameron.
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