Resolución
Nº 1282-2012
Bs. As., 4/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0042279/2010 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, la empresa TERMINAL BUENOS AIRES S.A.
(TERBASA), concesionaria de la Explotación del Elevador Terminal del Puerto de
Buenos Aires peticionó al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA realizar
las siguientes obras: 1) demolición de la galería de embarque situada sobre la Dársena Norte; y, 2) desplazamiento del área de recepción y toma de muestras de granos.
Que mediante la Ley de Reforma del Estado Nº 23.696, se promovió que los
particulares a través del régimen estatuido por la Ley de Actividades Portuarias Nº 24.093 y mediante contratos de concesión de uso o locación
total o parcial, pudiesen encarar la reparación, modificación, ampliación o
reducción de las instalaciones existentes o la construcción de obras nuevas
para la prestación de servicios portuarios.
Que dentro de la concesión de los servicios portuarios resultaron comprendidos:
la rehabilitación de la infraestructura, definición del equipamiento y obras
complementarias (depósitos, oficinas, pavimentos, iluminación, etcétera),
organizándose de acuerdo con el esquema operativo que el propio concesionario
propusiera para desarrollar y operar terminales portuarias dentro del ámbito
asignado, prestando servicios de movimiento y almacenaje de cargas, atención de
los buques y artefactos navales a su exclusivo cargo y con carácter de uso
público.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL facultó al ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS a aprobar el Pliego de Condiciones Generales, Pliego
Técnico General y Pliego Técnico Particular para el llamado a Licitación
Pública para la Concesión de Terminales Portuarias de Puerto Nuevo - Ciudad de
Buenos Aires - REPUBLICA ARGENTINA, aprobándose la documentación concursal y
autorizándose a la entonces SECRETARIA DE TRANSPORTE a formalizar el llamado.
Que el proceso administrativo se materializó mediante la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6, donde el ESTADO NACIONAL llamó a la Concesión Integral de la Explotación del Elevador Terminal del Puerto de Buenos Aires,
perteneciente a la Junta Nacional de Granos en liquidación, bajo el régimen de
servicio público respecto a la prestación del servicio de elevación de granos,
sus productos y subproductos y con un plazo de TREINTA (30) años.
Que mediante Decreto Nº 2071 de fecha 17 de noviembre de 1992, se le adjudicó a
la firma TERMINAL BUENOS AIRES S.A. (TERBASA) dicho licitatorio, suscribiéndose
los pertinentes instrumentos contractuales el 25 de noviembre de 1992 (Contrato
de Concesión) y el 27 de noviembre del mismo año (Acta de iniciación de la Concesión).
Que por Resolución Nº 356 de fecha 5 de octubre de 1995 del ex - MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se dio por concluida la liquidación de la Junta Nacional de Granos, y se le encomienda a la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA del citado ex - Ministerio, el seguimiento, supervisión y
fiscalización del cumplimiento contractual de los elevadores portuarios, y el
control de las obras realizadas y/o a realizarse por los concesionarios.
Que el Elevador Terminal, se encuentra emplazado sobre terrenos pertenecientes
a la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., poseyendo TERMINAL DE BUENOS AIRES
S.A. (TERBASA), emergente de la concesión que se le otorgara, su uso y goce.
Que de los términos contractuales surge que cualquier otra actividad o
explotación que pretenda realizar la concesionaria necesitará la previa
aprobación de la autoridad portuaria, conforme lo establece el Artículo 38 del
Pliego de Bases y Condiciones.
Que analizadas las modificaciones propuestas por la empresa concesionaria,
conforme surge del informe elaborado por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, aquellas se enmarcan en las previsiones del Artículo 43.2.3 del Pliego
de Bases y Condiciones, y redundarán en una prestación del servicio más
eficiente y rentable, readecuando la operatoria concesionaria con técnicas
actuales acordes a las exigencias de la actividad portuaria.
Que con fecha 15 de noviembre de 2011, la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., suscribió con la firma TERMINAL BUENOS AIRES S.A.
(TERBASA), un convenio mediante el cual se autoriza a la empresa a desarrollar
distintas actividades en el predio en cuestión, en la medida en que las mismas
no representen un riesgo para las instalaciones de propiedad del ESTADO
NACIONAL explotadas por la mencionada firma y/o para las mercaderías que se
operen en ella, comprometiéndose, a su vez, a que las áreas afectadas a tales
actividades no afectarán la operatoria del elevador.
Que de esta forma, se podrá adecuar la capacidad operativa de la superficie del
terreno afectada a la prestación del servicio público de elevación de granos en
función de las necesidades actuales.
Que, la firma TERMINAL DE BUENOS AIRES S.A. (TERBASA) ha cancelado la deuda que
mantenía por canon anual emergente del contrato de concesión que la vincula con
el ESTADO NACIONAL.
Que asimismo, la empresa ha desistido de su petición de que se deje sin efecto
para calcular dicho canon el tonelaje mínimo garantizado establecido en el
contrato de concesión.
Que han tomado intervención las pertinentes áreas técnicas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que, reiterando, se destaca que la citada Secretaría sostiene que las obras
propuestas tienden a una mayor rentabilidad de la explotación en los términos
contractuales, siendo que su realización no afecta el servicio que viene
prestando la concesionaria, que las actividades que oportunamente autorizara la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., en modo alguno afectan el normal desarrollo del
contrato de concesión. Asimismo, se destaca que dicha Administración al tiempo
de autorizar actividades en las obras propuestas, deberá contemplar que las
mismas no interfieran en la operatoria concesionada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase a la empresa TERMINAL BUENOS AIRES S.A. (TERBASA),
concesionaria de la Explotación del Elevador Terminal del Puerto de Buenos
Aires, a ejecutar las obras de infraestructura relacionadas con el desarrollo
de la prestación del servicio público de elevación de granos, sus productos,
subproductos y actividades conexas.
ARTICULO 2° — Establécese que las mejoras introducidas pasarán a formar parte
de las instalaciones, obligándose el concesionario a conservarlas con idéntico
tratamiento que el indicado para los bienes entregados por el concedente y a
entregarlas a la finalización de la concesión sin cargo para el ESTADO NACIONAL.
ARTICULO 3° — Comuníquese el presente acto administrativo a la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS S.E., haciéndole saber que al tiempo de autorizar
actividades y/u obras, deberá contemplar que las mismas no interfieran en la
operatoria concesionada.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR, Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca.