DR-6-1996
MECANISMO DE CONSULTAS EN LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
VISTO: el Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto y la Directiva CCM 13/95 sobre Consultas ante la Comisión de Comercio del Mercosur; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Directiva CCM 13/95 se adoptó un procedimiento y formularios para organizar la presentación
de Consultas por los Estados Partes en el ámbito de la CCM.
Que el mecanismo de Consultas ha demostrado ser un método
útil y ágil para intercambiar informaciones entre los Estados Partes y
solucionar inconvenientes relacionados con los instrumentos de política
comercial común;
Que es necesario armonizar el
mecanismo de Consultas con el Protocolo de Ouro Preto;
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
ADOPTA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1.- Los Estados Partes podrán
presentar Consultas a otro u otros Estados Partes en el ámbito de la CCM, sobre las materias de competencia de ésta.
Art. 2.- Las Consultas podrán
presentarse en las reuniones ordinarias, o en las extraordinarias cuando así se
hubiera acordado en su respectiva agenda. En la agenda de las reuniones
ordinarias figurará permanentemente un punto denominado "Consultas de los
Estados Partes" el cual incluirá "Nuevas Consultas",
"Seguimiento de Consultas" y “Respuestas de Consultas”,
Art. 3.- Las Consultas,
Seguimientos y sus respectivas Respuestas presentarán por escrito y en
soporte magnético en los formularios correspondientes cuyos modelos constan
como Anexos a la presente Directiva. Los formularios podrán ser acompañados por
Notas Técnicas.
En caso que el Estado Parte
consultado o consultante no estuviera representado en la reunión, la Presidencia Pro Tempore le comunicará las correspondientes Consultas, Seguimientos y
Respuestas en el término de 48 horas a partir del cierre de la Reunión.
Art. 4.- Cada Consulta deberá ser
respondida por escrito en el formulario “Respuestas de Consultas”, en la
siguiente reunión ordinaria de la CCM.
Art. 5.- Las ampliaciones que los
Estados Partes consultantes efectuaren a sus respectivas Consultas, como así
también sus opiniones, sean de aceptación o de no conformidad, serán efectuadas
por escrito en los formularios de “Seguimiento de Consultas”.
Art. 6.- Si las argumentaciones
ofrecidas por el/los Estado/s Parte/s consultado/s resultan satisfactorias para
el Estado/s consultante/s, o la causa que generó la consulta fue superada, o la
medida cuestionada fue levantada, se dará por concluída la Consulta. Esta circunstancia constará en el Acta respectiva.
Art. 7.- Si en la segunda reunión
ordinaria de la CCM posterior a aquella en que fue presentada la Consulta, esta no ha podido ser finalizada en los términos del artículo anterior, la CCM concluirá en plenario la cuestión objeto de consulta en la siguiente reunión ordinaria.
Art. 8.- El mecanismo de Consultas
establecido por esta Directiva, no obsta a la utilización directa, por los
Estados Partes, de los procedimientos vigentes para reclamaciones (Anexo del
Protocolo de Ouro Preto), y para solución de controversias (Protocolo de
Brasilia).
Art. 9.- La interposición de una
reclamación de acuerdo con el Anexo del Protocolo de Ouro Preto, o de una
controversia en el marco del Protocolo de Brasilia, respecto de un tema que
está siendo objeto de Consulta dará por concluído, para ese tema, el mecanismo
de Consulta en trámite.
Art. 10.- A partir de la fecha de
aprobación de la presente Directiva, queda derogada la Directiva CCM 13/95.
XIII
CCM - Buenos Aires, 18-19/6/96
CONSULTAS
CCM - SEGUIMIENTO F CCM 02
CCM
Nº - Acta N°
Fecha:
/ /
|
A la CONSULTA N°
Presentada
en CCM Nº
Acta Nº
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Presentada
por:
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
|
.
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Dirigida
a:
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
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OPINIÓN
DE LA CCM-SN CONSULTANTE
FUNDAMENTOS
ELEMENTOS
DE JUICIO QUE SE APORTAN Y DETALLE DE DOCUMENTACION ANEXA
CONSULTAS
CCM - RESPUESTA F CCM 03
CCM
Nº - Acta N°
Fecha:
/ /
|
A la CONSULTA N°
Presentada
en CCM Nº
Acta Nº
|
Presentada
por:
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
|
.
|
Dirigida
a:
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
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RESPUESTA
DE LA CCM-SN CONSULTADA
FUNDAMENTOS
ELEMENTOS
DE JUICIO QUE SE APORTAN Y DETALLE DE DOCUMENTACION ANEXA
CONSULTAS
CCM - PRESENTACIÓN FCCM 01
CCM
Nº - Acta N°
Fecha:
/ /
|
CONSULTA N°
|
Presentada
por:
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
|
.
|
Dirigida
a:
Argentina
Brasil
Paraguay
Uruguay
|
OBJETO,
CIRCUNSTANCIAS Y HECHOS QUE MOTIVAN LA PRESENTACION
FUNDAMENTOS
DE LA PRESENTACION Y NORMAS MERCOSUR QUE SE AFECTAN
ELEMENTOS
DE JUICIO QUE SE APORTAN Y DETALLE DE DOCUMENTACION ANEXA
PLANTEO O SOLICITUD REALIZADA