Detalle de la norma DC-45-2012-CMC
Decisión Nro. 45 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2012
Asunto Polo de desarrollo local y regional Universidad Nacional Arturo Jauretche
Detalle de la norma
DC-45-2012-CMC

DC-45-2012-CMC

 

FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR

PROYECTO “POLO DE DESARROLLO LOCAL Y REGIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO JAURETCHE EN EL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA”

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones Nº 45/04, 18/05, 01/10, 28/11 y 05/12 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que las Decisiones CMC Nº 45/04, 18/05 y 01/10 aprobaron la  creación, integración y reglamentación del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).

 

Que la Decisión CMC N° 28/11 aprobó el presupuesto del FOCEM para el año 2012.

 

Que la Decisión CMC N° 05/12 aprobó la actualización del presupuesto del FOCEM para el año 2012.

 

Que, conforme lo establece el Reglamento del FOCEM, la Unidad Técnica FOCEM (UTF), evaluó el proyecto “Polo de desarrollo local y regional Universidad Nacional Arturo Jauretche en el partido de Florencio Varela”, presentado por la República Argentina.

 

Que la UTF emitió el Dictamen Técnico Nº 28 en el que se determina la viabilidad técnica y financiera del proyecto y en el que se incluyen conclusiones y recomendaciones que deberán ser incorporadas en el instrumento jurídico a suscribirse oportunamente para su financiamiento y ejecución.

 

Que la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR y el Grupo Mercado Común evaluaron el dictamen técnico presentado por la UTF y elevaron el mencionado proyecto, considerado técnica y financieramente viable, para su aprobación.

 

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

 

Art. 1 - Aprobar el proyecto “Polo de desarrollo local y regional Universidad Nacional Arturo Jauretche en el partido de Florencio Varela”, presentado por la República Argentina, por un monto total de US$ 26.529.281,55 (veintiséis millones quinientos veintinueve mil doscientos ochenta y un dólares estadounidenses con cincuenta y cinco centavos), de los cuales US$ 13.951.400,00 (trece millones novecientos cincuenta y un mil cuatrocientos dólares estadounidenses) son financiados con recursos del FOCEM, US$ 12.577.881,55 (doce millones quinientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y un dólares estadounidenses con cincuenta y cinco centavos) son financiados por la República Argentina a título de contrapartida nacional. El referido proyecto, en idioma español, consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.

 

Art. 2 - Instruir a la Secretaría del MERCOSUR a concluir, por intermedio de la UTF, la elaboración del instrumento jurídico relativo a la ejecución y al cronograma de financiamiento del proyecto mencionado en el Artículo 1 de la presente Decisión y a suscribirlo con la República Argentina.

 

En el citado instrumento jurídico se incluirán las conclusiones y recomendaciones formuladas por la UTF en su Dictamen Técnico Nº 28.

 

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

 

XLIV CMC – Brasília, 06/XII/12.

 

 

 

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