Resolución 43-2012 –DGA
Se adecua el importe
correspondiente a la Tasa en concepto de Servicios Extraordinarios, denominada
sumaria y se aprueba el valor de cada documento de transporte declarado en los
Manifiestos de Importación y de Exportación, en la vía aérea.
Buenos Aires, 14 de
Diciembre de 2012.
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12128-214-2012 del Registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución
General Nº 3244 (AFIP) estableció que cada documento
de transporte declarado en los Manifiestos de Importación y de Exportación, en
la vía aérea, al momento de su presentación ante el servicio aduanero, estará
alcanzado por una tasa en concepto de Servicios Extraordinarios, denominada
sumaria, de NOVENTA PESOS ($ 90.-).
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos ha concedido aumentos en las escalas de
retribuciones en su personal que ascienden al DIEZ CON VEINTICINCO POR CIENTO
(10,25%).
Que, en consecuencia, resulta
necesario adecuar el importe de la tasa aprobada por la Resolución
General Nº 3244 (AFIP), en función del incremento
salarial indicado, para ser destinados al pago de las retribuciones que le
corresponda al personal que intervenga en las operaciones detalladas en el
anexo de la norma mencionada.
Que han tomado la
intervención que les competen las Subdirecciones Generales de Operaciones
Aduaneras Metropolitanas y de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 8º de la Resolución
General Nº 3244 (AFIP).
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el valor de cada
documento de transporte declarado en los Manifiestos de Importación y de
Exportación, en la vía aérea, tasa en concepto de Servicios Extraordinarios,
denominada sumaria, de PESOS NOVENTA Y NUEVE ($ 99.-).
ARTICULO 2º — La presente entrará en vigencia a
partir del 1º de Enero de 2013.
ARTICULO 3º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora General,
Dirección General de Aduanas.