Resolución 324-2012
Resolución 324-2012
Bs. As., 12/12/2012
VISTO el Expediente Nº A253-79279/12 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), entidad autárquica que funciona en la órbita del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, ha puesto en
marcha el “Rediseño de logo e Identidad del INPI”.
Que el objetivo propuesto es la creación de un marco de referencia para
unificar la utilización del isologo y las piezas gráficas que conforman la
imagen corporativa del INPI.
Que como resultado de ello, se ha elaborado el Manual de Identidad Corporativa,
el cual constituye una herramienta indispensable para la aplicación en forma
correcta de la imagen Institucional.
Que el citado manual establece las normas de uso de la imagen del Organismo a
fin de garantizar una correcta identificación, y asegura el adecuado
mantenimiento de la misma.
Que a los fines señalados, resulta necesario aprobar el Manual de Identidad
Corporativa, que como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
Que a los efectos de su implementación, es necesario mantener en vigencia la
papelería institucional, aprobadas por Resoluciones INPI P-225 de fecha 17 de
junio de 2004 y P-214 de fecha 11 de julio de 2011, hasta la terminación del
stock existente.
Que se podrá acceder a los nuevos diseños de los formularios, cuando los mismos
estén incluidos a la página electrónica del Organismo.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la
presente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase El Manual de Identidad Corporativa del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), que como ANEXO, forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El Manual de Identidad Corporativa que por la presente se
aprueba, comenzará a tener vigencia al día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el término de UN (1) día en
el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y Patentes,
comuníquese y archívese. — Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto
Nacional de la Propiedad Industrial.
ANEXO
MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
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NOTA: El Anexo que integra este Aviso Oficial se publica en la edición web del
BORA —www.boletinoficial.gov.ar—
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