Ley 26798
Ley 26798
Se aprueba el Acuerdo Preferencial de Comercio entre el
Mercosur y la Unión Aduanera de Africa del Sur.
Sancionada:
Noviembre 21 de 2012
Promulgada: Diciembre 13 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el ACUERDO PREFERENCIAL DE
COMERCIO ENTRE EL MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) Y LA UNION ADUANERA DE AFRICA DEL SUR (SACU), suscripto por los Estados Parte del MERCOSUR en
Salvador —REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL—, el 15 de diciembre de 2008, y por
los Estados Miembros de la SACU en Maseru —REINO DE LESOTHO—, el 3 de abril de
2009, que consta de CUARENTA Y UN (41) artículos y SIETE (7) ANEXOS, cuya
fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DE MES DE NOVIEMBRE DEL AÑOS DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.798 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan
H. Estrada.
ANEXOS
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