Detalle de la norma DR-4-2009-CCM
Directiva Nro. 4 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 2009
Asunto Acciones puntuales en el ambito de arancelamiento por razones de abastecimiento
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Directiva Nº 4

23/04/2009

Fecha:

 
 

Dependencia:

DR-4-2009-CCM

Tema:

MERCOSUR

Asunto:

ACCIONES PUNTUALES EN LE AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presntada por la Republica Federativa de Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 – Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja aracelaria solicitad por la Republica Federativa de Brasil para el siguiente item arancelario con las correspondiente especificaciones sobre limites cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 7208.51.00  “Los demás sin enrollar, simplemente laminados en caliente de espesor superior a 10 mm. Placas espesa de acero carbono, de espesor 29,25 mm. De ancho y largo de 12450 mm. Según norma API5l – PSL, con los requisitos para cumplir con la prueba de resistencia a la corrosión ácida, según norma NACE – TM 0284 (HC) y NACE – TMO177 (SSC) ambas pruebas con solución prueba nivel B de la norma NACE TM 0284”

Cantidad: 30.000 toneladas

Plazo: 12 meses

Alícuota: 2%

Art. 2 – Esta Directa necesita ser incorporad sólo al ordenamiento juridico interno de la Republica Federativa de Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 02/V/2009.

CVII CCM – Montevideo, 23/IV/09

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-69-2000-GMC Razones de abastecimiento. Ambito arancelario NCM 7208.51.00