Resolución 123-2012-ORSNA
Instrúyese al Concesionario Aeropuertos Argentina 2000 Sociedad Anónima, para
que proceda a efectuar la modificación del Plan Maestro del Aeroparque
“Jorge Newbery” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 20/11/2012
VISTO el Expediente N° 39/2007 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de
1997, ratificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 de fecha 27 de
agosto de 1997, los Decretos N° 163 de fecha 11 de febrero de 1998, N° 1799 de
fecha 4 de diciembre de 2007, las Resoluciones N° 18 de fecha 11 de abril de
2006, N° 72 de fecha 22 de septiembre de 2008, N° 20 de fecha 18 de mayo de
2010, todas ellas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA), la Resolución N° 810 de fecha 31 de octubre de 2012 de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de la Resolución N° 810 de fecha 31 de octubre de 2012 de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), en virtud del aumento
sostenido de la oferta de conectividad aérea y de la demanda de movilidad aérea
en servicios aéreos públicos y masivos, se hace indudablemente necesario contar
con una mayor disponibilidad de facilidades de infraestructura en la mencionada
estación aérea para atender adecuadamente a dichos servicios.
Que asimismo, se advierte que el incremento de los servicios públicos y masivos
de transporte aéreo representa un claro beneficio para el interés general,
tanto por la mejora en la vinculación socio-económica de los habitantes del
país como por las mayores facilidades para el fomento del turismo receptivo,
con el consiguiente provecho diferencial para aquellas comunidades que hacen de
dicha industria la base de su economía.
Que por la Resolución ANAC N° 810/2012 se dispuso que a partir de las 00.00
horas del 1° de diciembre de 2012 y hasta las 00.00 horas del día 1° de agosto
de 2013, el Aeroparque “JORGE NEWBERY” emplazado en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES, queda exclusivamente habilitado para la operación en cualquier modalidad
comercial u operativa, de: (i) aeronaves afectadas a empresas de transporte
aéreo regular, cuya capacidad de transporte sea de por lo menos TREINTA (30)
pasajeros o (ii) aeronaves cuya capacidad de transporte sea inferior a TREINTA
(30) pasajeros que hayan obtenido la autorización correspondiente para
establecer su base de operaciones en el mismo entre el 15 de abril de 2011 y la
fecha de publicación de la citada Resolución, y que estas últimas
autorizaciones, quedarán sin efecto a partir del 1° de agosto de 2013,
exceptuando las aeronaves que integran la flota Presidencial, transporte
sanitario o humanitario, se encuentren en emergencia, se encuentren llevando a
cabo actividades de búsqueda, asistencia y salvamento, se encuentren al
servicio del Poder Público o transporte a la/el Presidenta/e, Vicepresidenta/e,
Gobernadoras/es, o Jefa/e del Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que cabe recordar que atento a lo establecido en el Numeral 10.1 de la Parte
Cuarta DEL ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION, ratificada por
Decreto N° 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007 y según lo dispuesto en el
“MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, CONFECCION Y APROBACION DE PLANES MAESTROS DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)”, aprobado por Resolución N° 18 de fecha
11 de abril de 2006 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA), por Expediente N° 39/07 tramitaron los antecedentes referidos al “Plano
de Usos del Suelo” del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en el que se indican los Usos del Suelo, con las intervenciones a
efectuar a corto, mediano y largo plazo, tanto en la parte pública como en la
aeronáutica, en función de las previsiones del tráfico.
Que en el “Plano de Usos del Suelo” del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por Resolución N° 72 de fecha 22 de
septiembre de 2008 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA), se contempló la factibilidad de liberar espacio en la Plataforma Sur
(Industrial) y traslado de la Planta de Combustibles, de manera de poder
disponer de espacio que permitiera el estacionamiento de mayor cantidad de
aeronaves Letra de Clave “C” (Tipo B-737, B-757, A 320 o similar porte), destinadas a la aviación comercial regular.
Que la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA remitió el Plan
Maestro del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,
para su aprobación, conforme lo dispuesto por el “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS,
CONFECCION Y APROBACION DE LOS PLANES MAESTROS DEL SISTEMA NACIONAL. DE
AEROPUERTOS (SNA)” aprobado por Resolución ORSNA N° 18/2006.
Que dicho Plan Maestro fue aprobado por Resolución N° 20 de fecha 18 de mayo de
2010 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA);
dejando expresamente notificado en la Resolución de aprobación en su Artículo
2°, que se deberá considerar la posibilidad de liberar espacios ocupados por Hangares
y Planta de Combustible del Area Industrial, tal como lo propuso el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) para estacionamiento de
aeronaves Letra de Clave “C”, a fin de incrementar el número de puestos de
estacionamiento destinados al tipo de aeronaves mencionadas.
Que atento a que los Planes Maestros aprobados, conforme lo establecido en el
“MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, CONFECCION Y APROBACION DE PLANES MAESTROS DE
AEROPUERTOS DEL SISTEMA NACIONAL (SNA)”, deben ser actualizados cada CINCO (5)
años, excepto si algún hecho operativo o de otra índole (evolución de
condiciones económicas, operacionales, ecológicas, financieras, etcétera.)
ameritase su revisión con anterioridad a la fecha consignada —mayo del 2015—,
resulta procedente solicitar a AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA,
adelantar la presentación de la actualización del referido Plan Maestro,
conforme la nueva operatoria establecida por la Autoridad Aeronáutica, que
limita la operación de determinadas aeronaves que operan en la actualidad.
Que dicha situación modificaría la configuración de los puestos de
estacionamiento y el uso de las instalaciones edilicias anexas a la Plataforma
Sur (Industrial) actualmente utilizadas por la aviación general, las que deberán
ser destinadas para uso exclusivo del ESTADO NACIONAL, de las líneas aéreas que
operan vuelos regulares internos e internacionales en dicho aeropuerto, con el
fin de llevar a cabo tareas de guarda, mantenimiento y reparación de aeronaves
propias o de terceros atendiendo al incremento de los servicios aéreos públicos
y masivos de transporte aéreo, y por las empresas que ofrecen servicios de
rampa en el mismo, lo que representa un claro beneficio para el interés
general, permitiendo disminuir el volumen de tareas de reparación efectuadas en
el exterior y repercutiendo en el alcance de un mayor grado de eficiencia
operativa general de dichas líneas aéreas.
Que una vez que sean diseñadas y aprobadas por la Autoridad Aeronáutica las
nuevas Posiciones de Estacionamiento para aeronaves de mayor porte en la
Plataforma Sur (Industrial) del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, deberán ser publicadas en el AIP - “Publicación de
Información Aeronáutica de la República Argentina” del citado Aeropuerto.
Que las características y emplazamiento de la nueva demarcación de la
plataforma deberán cumplimentar las especificaciones del Capítulo 5 “Ayudas
para la navegación” del Anexo 14 de la OACI y Manual de Aeródromos de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.
Que entre las facilidades de infraestructura del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de
la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES citadas en la primera consideración de la
presente, destinadas a atender el incremento de los servicios públicos y masivos
de transporte aéreo que representan un claro beneficio para el interés general,
se incluyen las posiciones de estacionamiento de aeronaves y las instalaciones
industriales donde se efectúa la guarda, mantenimiento y reparación de
aeronaves, entre otras.
Que en orden a sus incumbencias técnicas, tanto la GERENCIA DE PLANIFICACION
FEDERAL Y SEGURIDAD AEOPORTUARIA como la GERENCIA DE REGULACION ECONOMICO
FINANCIERA Y CONTROL DE CALIDAD han intervenido en la esfera de sus respectivas
competencias.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) es
competente para el dictado de la presente, conforme lo establece el Artículo 3°
de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, lo dispuesto
por el ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION, ratificada por
Decreto Nº 1.799/2007 y demás normativa citada precedentemente.
Que en Reunión de Directorio de fecha 9 de noviembre de 2012, se ha considerado
el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Instruir al Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000
SOCIEDAD ANONIMA para que proceda a efectuar la modificación del Plan Maestro
del Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, el cual
deberá contemplar las readecuaciones necesarias producto de la nueva
configuración de las Posiciones de Estacionamiento en la Plataforma Industrial,
con destino a las aeronaves autorizadas para la operación en el citado
Aeropuerto.
Art. 2° — Instruir a la empresa Concesionaria AEROPUERTOS ARGENTINA 2000
SOCIEDAD ANONIMA a que desarrolle un nuevo proyecto de señalamiento diurno
correspondiente a dicha plataforma acorde a las diversas aeronaves que operan
en la misma. Dicho proyecto deberá ser sometido a la evaluación y aprobación de
este Organismo Regulador con la intervención de la Autoridad Aeronáutica,
previo a su ejecución, en un todo de acuerdo a lo establecido en la
reglamentación vigente aprobada por Resolución 36 de fecha 14 de mayo de 2008
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
Art. 3° — Disponer que a partir de las 00.00 horas del día 1° de agosto
de 2013 las instalaciones edilicias anexas a la Plataforma Sur (Industrial) del
Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES que en la
actualidad sirven de guarda y mantenimiento de aeronaves de menor porte y
otras, podrán ser entregadas para su uso exclusivo al ESTADO NACIONAL, a las
líneas aéreas que operen vuelos regulares internos e internacionales en dicho
aeropuerto con el fin de llevar a cabo tareas de guarda, mantenimiento y taller
de reparación de aeronaves propias o de terceros, y a las empresas que ofrecen
servicios de rampa en el aeropuerto.
Art. 4° — Instruir al Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD
ANONIMA a fin de que realice las gestiones pertinentes para cumplimentar lo
resuelto en el punto que antecede, disponiendo que a partir de la hora 00.00
del día 1° de agosto de 2013 cesen las actividades y se liberen las
instalaciones que en la actualidad sirven de guarda y mantenimiento de
aeronaves de menor porte y otras en el Aeroparque “JORGE NEWBERY” de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 5° — Regístrese, notifíquese a AEROPUERTOS ARGENTINA
2000 SOCIEDAD ANONIMA. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y cumplido archívese. — Guillermo Vitali.