Detalle de la norma RE-10-2006-INTI
Resolución Nro. 10 Instituto Nacional de Tecnologia Industrial
Organismo Instituto Nacional de Tecnologia Industrial
Año 2006
Asunto Emisión de la Licencia de Configuración de Modelo y su control, según determinadas categorías
Boletín Oficial
Fecha: 16/05/2006
Detalle de la norma
Resolución 10-2006-INTI

Resolución 10-2006-INTI

Establécense los aranceles correspondientes a la tramitación y emisión de la Licencia de Configuración de Modelo y su control, según determinadas categorías.

CONSEJO DIRECTIVO

ACTA Nº 1106 - 11/05/06

VISTO la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 247, de fecha 22 de Septiembre de 2005, la Resolución del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) Nº 15, de fecha 27 de Septiembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 12º de la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 247 de fecha 22 de Septiembre de 2005 determina que a los fines de sufragar los costos operativos que implican las tareas de evaluación para la emisión de la Licencia de Configuración de Modelo y posterior fiscalización y control, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) establecerá los aranceles correspondientes, con cargo a los administrados.

Que el Artículo 1º de la Resolución del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) Nº 15, de fecha 27 de Septiembre de 2005, establece los aranceles correspondientes a la tramitación y emisión de la Licencia de Configuración de Modelo y su control, según determinadas categorías.

Que asimismo, el mencionado artículo establece que las empresas cuyo capital social de origen nacional sea superior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) tendrán una bonificación del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los aranceles prefijados.

Que el espíritu de la mencionada norma es alentar la actividad industrial nacional, beneficiando con dicha bonificación única y exclusivamente a aquellas empresas cuyo capital social de origen nacional sea superior al cincuenta por ciento y cuyo producto para el cual soliciten la emisión del certificado de licencia de configuración de modelo, sea de fabricación en el territorio nacional.

Que por lo expuesto resulta necesario modificar en dichos términos, el Artículo 1º de la Resolución del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) Nº 15/2005.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha dictaminado favorablemente la presente medida.

Que el Programa de Metrología, Calidad y Certificación, el Programa de Administración y Coordinación de Recursos Comunes y la Secretaría Legal y Técnica han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inciso f) del Decreto Ley Nº 17.138/1957, ratificado por Ley Nº 14.467, Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) y en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento para el Funcionamiento del Consejo Directivo del INTI, Resolución INTI Nº 32/05.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.NT.l.) Nº 15/2005, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 1º.- Establécense los aranceles correspondientes a la tramitación y emisión de la Licencia de Configuración de Modelo y su control, según las categorías que a continuación se citan:

1 . Categoría L: PESOS DOS MIL ($ 2.000)

2. Categoría M: PESOS CUATRO MIL ($ 4.000)

3. Categoría N: PESOS CUATRO MIL ($ 4.000)

4. Categoría O: PESOS DOS MIL ($ 2.000)

Las empresas cuyo capital social de origen nacional sea superior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) y toda vez que el producto para el cual se solicite la emisión del certificado de Licencia de Configuración de Modelo sea de fabricación en territorio nacional, tendrán una bonificación del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los aranceles prefijados.

Para la tramitación de las diferentes extensiones sobre las Licencias de Configuración de Modelo ya otorgadas corresponderá un arancel del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor estipulado para su emisión."

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Enrique M. Martínez.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-52-2012-INTI Deroga Licencia para Configuración de Modelo (LCM)