Detalle de la norma RG-3396-2012-AFIP
Resolución General Nro. 3396 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2012
Asunto Zona Primaria de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I)
Boletín Oficial
Fecha: 29/10/2012
Detalle de la norma
Resolución General 3396

Resolución General 3396

Zona Primaria de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I). Su habilitación.

Bs. As., 24/10/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12569-20-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada actuación tramita la habilitación de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales, así como la delimitación del área operativa en la cual el servicio aduanero ejercerá sus facultades de control en la citada zona, establecida en el Area Operativa I en jurisdicción de la Aduana de Bahía Blanca.

Que, en virtud de existir obras pendientes de finalización la Resolución General Nº 3.179 habilitó, con carácter provisorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, el funcionamiento de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I), ubicada en la Ciudad de Punta Alta, con una superficie de CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y CUATRO (50.746,84) metros cuadrados y determinó los límites de la zona primaria aduanera, en los términos del Artículo 5° del Código Aduanero.

Que encontrándose acreditada la finalización de dichas obras, según informe del 13 de febrero de 2012 de la Sección “R” y Dictamen Nº 20/12 (SEC “S”) de la Sección S, ambas de la Aduana de Bahía Blanca, la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca propicia la habilitación definitiva del funcionamiento de la referida Zona Franca.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Habilítase el funcionamiento de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I), ubicada en la ciudad de Punta Alta, con una superficie de CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON OCHENTA Y CUATRO (50.746,84) metros cuadrados, dentro de la nomenclatura catastral Parcela 456e, Circunscripción VI del Partido de Coronel Rosales.

Art. 2° — Determínanse los límites de la Zona Primaria Aduanera de la Zona Franca Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I), en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca, como se indica en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

Art. 3° — Habilítase el predio indicado en el artículo precedente como Zona Primaria Aduanera, en los términos del Artículo 5º del Código Aduanero.

Art. 4º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, al Grupo Mercado Común —Sección Nacional—, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México DF), al Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires y al Ente Zona Franca de Bahía Blanca. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO

 

(Artículo 2°)

 

LIMITES DE LA ZONA PRIMARIA DE CONTROL ADUANERO DE LA ZONA FRANCA DE BAHIA BLANCA-CORONEL ROSALES (AREA OPERATIVA I)


Posee una superficie total de DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (10.258) metros cuadrados y sus límites son los que se detallan a continuación: con frente al noreste que limita con el cercado adyacente al camino de acceso con un total de CIENTO CINCO CON SETENTA (105,70) metros lineales; al sureste tiene como límite su cerca perimetral con un total de  OCHENTA Y SIETE CON SESENTA (87,60) metros lineales; al noroeste, con OCHENTA Y SIETE CON SESENTA (87,60) metros lineales, la misma limita con los cercados perimetrales de la Zona Franca Bahía Blanca-Coronel Rosales y al suroeste, limita con los cercados perimetrales de la Zona Franca Bahía Blanca-Coronel Rosales, con CIENTO CATORCE CON OCHENTA Y CINCO (114,85) metros lineales.

(continuación)

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-3179-2011-AFIP Zona Primaria de la Zona Franca de Bahía Blanca-Coronel Rosales (Area Operativa I)