Resolución 677-2012-SAGPA
Resolución 677-2012-SAGPA
Régimen para la producción de semilla genéticamente modificada que contenga
eventos regulados. Admisión de instrumentos jurídicos suscriptos con
anterioridad al 17/10/2011.
Bs. As., 28/9/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0215686/2012 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se establecen los lineamientos normativos a los
que deberán ajustarse las actividades que involucren la liberación de
Organismos Genéticamente Modificados (OGM) que no cuenten con aprobación
comercial en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que por la Resolución Nº 661 de fecha 17 de octubre de 2011 de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
se establece un régimen para la producción de semilla genéticamente modificada
que contenga eventos regulados en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que la mencionada norma introduce modificaciones en la redacción de los
instrumentos jurídicos bilaterales (“Cartas Compromiso”) mediante los cuales el
Solicitante justifica la tenencia del predio donde se va a efectuar la
liberación de semilla regulada, exigiendo en la actualidad que contengan la
superficie expresada en metros cuadrados o en hectáreas según corresponda y
áreas máximas propuestas a sembrar dentro de cada establecimiento a utilizar.
Que existen numerosos instrumentos jurídicos suscriptos con fecha previa al
dictado de la citada Resolución Nº 661/11, al amparo de la normativa que no
exigía consignar los datos mencionados, corresponde disponer acerca de su
vigencia.
Que la normativa anterior a cuyo amparo se suscribieron dichos contratos, no
exigía los datos mencionados, por lo que es preciso que los Solicitantes
acompañen una declaración jurada conteniendo metros cuadrados o hectáreas que
se van a dedicar a la producción en cada establecimiento.
Que se comparte el criterio de elevación de la presente medida por parte de la
Dirección de Biotecnología de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS
TECNOLOGIAS de la citada Secretaría.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo
dispuesto por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécese que a los fines de lo normado en el punto
3.1.3.2. inciso b) del Anexo I de la Resolución Nº 661 de fecha 17 de octubre
de 2011 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, serán admisibles los instrumentos jurídicos
suscriptos con anterioridad al 17 de octubre de 2011.
Art. 2º — En tales supuestos, los Solicitantes acompañarán a dichos
instrumentos una Declaración Jurada expresando los metros cuadrados o hectáreas,
según corresponda, y las áreas máximas propuestas que se destinarán a la
producción en cada establecimiento.
Art. 3º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lorenzo R. Basso.
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