Resolución 31-2012-DGA
Resolución 31-2012-DGA
Prorróguese habilitación provisoria zona operativa Aduanera La Rioja. Aduana de La Rioja.
Bs. As., 3/9/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 14992-1-2008/3, del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Aduana de La Rioja solicita una prórroga de la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera otorgada mediante
Resolución Nº 100/2011 (DGA), sobre un predio de su propiedad de TRES MIL
DOSCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (3.291 m2) de superficie, identificado como Parcela Lote “A” de la Manzana Nº 262, sobre la Ruta Provincial Nº 5, Km 4,5 del Parque Industrial de la ciudad de
La Rioja, jurisdicción de la Aduana del mismo nombre.
Que se encuentran en trámite las gestiones para la habilitación de una zona
primaria aduanera en un predio recientemente adquirido a tal fin por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.
Que en función de lo expuesto y ante la necesidad de contar con un lugar
operativo apto en la jurisdicción que facilite las operaciones de comercio
exterior en la región, se impone prorrogar el plazo establecido en la Resolución Nº 100/2011 (DGA), hasta tanto se dicte el acto administrativo que determine y
habilite la zona primaria aduanera mencionada precedentemente.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección Regional Aduanera Córdoba y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9°, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria de la zona
operativa La Rioja otorgada mediante Resolución Nº 100/2011 (DGA), hasta tanto
se dicte el acto administrativo que determine y habilite la zona primaria
aduanera mencionada en los Considerandos.
Art. 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de
esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Córdoba. Remítanse los presentes a la División Aduana de La Rioja para su conocimiento y aplicación. — María S. Ayeran.
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