Detalle de la norma RE-30-2012-DGA
Resolución Nro. 30 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2012
Asunto Prórroga habilitación provisoria Depto Pocito -San Juan-
Boletín Oficial
Fecha: 10/09/2012
Detalle de la norma
Resolución 30-2012-DGA

Resolución 30-2012-DGA

Prorróguese habilitación provisoria zona operativa Aduanera Pocito. Aduana de San Juan.


Bs. As., 31/8/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12395-32-2012 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Contrato de Comodato Nº 04/07 (AFIP) la Municipalidad de Pocito cedió a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS un predio de DOCE (12) hectáreas ubicado en la Calle 6 y Maurin, Departamento de Pocito, Provincia de San Juan, en jurisdicción de la Aduana del mismo nombre, para la construcción y habilitación de una zona primaria aduanera.

Que teniendo en cuenta que la Aduana de San Juan no cuenta con una zona operativa apta para realizar tareas de control de cargas afectadas al comercio exterior, la misma fue habilitada en forma provisoria por Resolución Nº 63/08 (DGA), prorrogada por Resoluciones Nº 15/09 (DGA), 80/09 (DGA), 17/10 (DGA), 28/11 (DGA) y 91/11 (DGA).

Que por Actuación SIGEA Nº 12391-101-2008 tramita la habilitación y delimitación de la zona primaria aduanera Pocito.

Que en función de lo expuesto y atento no haber concluido a la fecha los trámites administrativos tendientes a su habilitación definitiva, se impone prorrogar el plazo establecido en la Resolución Nº 91/11 (DGA), hasta tanto se dicte el acto administrativo que determine y habilite la zona primaria aduanera Pocito.

Que en autos han tomado la intervención que les compete la División Aduana de San Juan, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria de la zona operativa Pocito otorgada mediante Resolución Nº 91/11 (DGA), hasta tanto se dicte el acto administrativo que determine y habilite la zona primaria aduanera Pocito.

Art. 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse estos actuados a la División Aduana de San Juan para su conocimiento y aplicación. — María S. Ayeran.

 

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Relación Norma Detalle
Complementa RE-91-2011-DGA Prórroga habilitación provisoria Depto Pocito -San Juan-