Detalle de la norma DI-312-2012-AFIP
Disposición Nro. 312 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2012
Asunto Prórroga Nuevo Horario laboral y de atención al público
Boletín Oficial
Fecha: 03/09/2012
Detalle de la norma
Disposición 312-2012

Disposición  312-2012

Horario Laboral y de atención al público.



Bs. As., 30/8/2012

VISTO la Disposición N° 455 (AFIP) del 20 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto dispositivo se fijaron bandas horarias para la prestación de servicios del personal y horarios de atención al público aplicables a todas las dependencias de esta Administración Federal.

Que el contenido de dicha medida se encuentra pendiente de resolución en sede judicial en condiciones de dictar sentencia.

Que en consecuencia esta Administración Federal considera oportuno prorrogar la vigencia del horario establecido en el artículo 2° de la citada Disposición (AFIP) 455/11 por un lapso de TREINTA (30) días corridos.

Que han tomado intervención la Dirección General de Aduanas, la Dirección General Impositiva, la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, y las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos en los aspectos de sus respectivas competencias.

Que la presente se dicta en virtud de lo previsto en los artículos 39 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 “E” - Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. N° 924/10) y 167 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10) y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Prorrogar a partir del 1 de septiembre de 2012 y por el término de TREINTA (30) días corridos la vigencia del horario establecido en el artículo 2° de la Disposición (AFIP) N° 455 de fecha 20 de diciembre de 2011.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese al SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE ADUANAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SUPARA), a la ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS (AEFIP), publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa DI-455-2011-AFIP Prórroga Nuevo Horario laboral y de atención al público