Detalle de la norma RE-8-2008-SAGPA
Resolución Nro. 8 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2008
Asunto Apruébase el Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores
Boletín Oficial
Fecha: 31/12/2008
Detalle de la norma
LOA

Resolución 8-2008

Apruébase el Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores.

Bs. As., 22/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0518571/2008 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 259 de fecha 7 de octubre de 2008 de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION modificó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, creando una partida presupuestaria denominada Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores.

Que es de interés del Gobierno Nacional apoyar en forma conjunta con las provincias, a los pequeños y medianos productores rurales, por su elevado potencial y su importante papel multiplicador en las economías de las distintas zonas rurales del país.

Que en tal sentido, la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, elaboró una propuesta de Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores.

Que para ello se cuenta con una asignación inicial en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro, de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000.-), para el Ejercicio 2008.

Que habiéndose elevado la propuesta de un Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores, deviene necesario proceder a su aprobación, a la vez de establecer el marco legal adecuado para su implementación.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por los Decretos Nros. 1415 de fecha 6 de noviembre de 2001 y 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º Apruébase el Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores, en adelante el PLAN, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, con una asignación inicial de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000.-).

Art. 2º Establécese que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, como Autoridad de Aplicación de lo dispuesto en la presente resolución, queda facultada para dictar las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida operatividad del PLAN aprobado por el Artículo 1º de la presente medida y el cabal cumplimiento de sus objetivos.

Art. 3º — El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio 2008, en lo que se refiere a la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

ANEXO

PLAN DE APOYO A PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR

1. Introducción

El Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores que ejecutará la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, se implementará a partir de una estrategia de intervención que apunta al desarrollo autónomo y sustentable de los productores de la agricultura familiar, con el propósito de generar las bases materiales y humanas de un verdadero desarrollo genuino con inclusión en un marco de concertación de políticas, entre el ESTADO NACIONAL, las provincias, los municipios y las organizaciones de productores.

La estrategia de desarrollo rural que impulsa la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS se asienta en las siguientes concepciones:

• El desarrollo rural requiere de políticas diferenciales para asegurar la igualdad de oportunidades. Deben estar dirigidas a superar las desigualdades de la agricultura familiar con respecto a otros actores sociales, prestando atención a los grupos más vulnerables, como son las comunidades de pueblos originarios, las mujeres y los jóvenes.

• El desarrollo rural es concebido desde una visión integral, que supera lo estrictamente sectorial agropecuario, incluyendo entre las estrategias la totalidad de la problemática que enfrentan los agricultores familiares (tierra, agua, infraestructura, vivienda, salud, educación, etcétera).

• Las políticas diferenciales e integrales son construidas en forma participativa con sus protagonistas, a través de sus organizaciones así como de los grupos y comunidades hacia quienes van dirigidas.

• La estrategia de desarrollo rural asegura una cobertura geográfica y social amplia.

• La estrategia de desarrollo rural se construye a partir del consenso y la articulación con los Gobiernos Provinciales, con otros programas y organismos del ESTADO NACIONAL y de las provincias y con los gobiernos municipales.

2. Beneficiarios

Serán sujetos de este Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores aquellos definidos por el Foro Nacional de la Agricultura Familiar, que define a la agricultura familiar como "...una forma de vida y una cuestión cultural, que tiene como principal objetivo la reproducción social de la familia en condiciones dignas, donde la gestión de la unidad productiva y las inversiones en ella realizadas es hecha por individuos que mantienen entre sí lazos de familia, la mayor parte del trabajo es aportada por los miembros de la familia, la propiedad de los medios de producción (aunque no siempre la tierra) pertenece a la familia, y es en su interior que se realiza la transmisión de valores, prácticas y experiencias" (Foro Nacional de Agricultura Familiar, 2008).

A partir de datos del Censo Nacional Agropecuario 2002 es posible cuantificar el sector de la agricultura familiar si se establece como límite superior a los establecimientos agropecuarios familiares con hasta DOS (2) trabajadores permanentes y como límite inferior a los establecimientos agropecuarios de subsistencia, entre estos límites los establecimientos agropecuarios miércoles 31 de diciembre de 2008 familiares totalizan DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVENTA Y CINCO (252.095) explotaciones en todo el país. Casi el TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (34%) de ese total corresponde a las unidades de subsistencia, el DIECISIETE CON CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (17,57%) a los establecimientos agropecuarios intermedios, el CATORCE CON DIEZ POR CIENTO (14,10%) a las unidades capitalizadas sin trabajo asalariado y el NUEVE CON NOVENTA Y SEIS POR CIENTO (9,96%) a las capitalizadas con UNO (1) o DOS (2) empleados permanentes.

3. Instrumentación

La ejecución del PLAN se realizará por medio del PROGRAMA SOCIAL AGROPECUARIO (PSA) dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

A través de las Comisiones Ejecutoras Provinciales del PSA se contará con instancias participativas de gestión compartidas con los gobiernos provinciales y las organizaciones del sector, donde se aprobarán los proyectos a financiar. La participación de todos estos actores en el diagnóstico, el diseño, la ejecución y el seguimiento de las acciones que se pongan en marcha en el territorio asegurarán la pertinencia y efectividad de las inversiones realizadas.

A los fines de facilitar la ejecución del presente PLAN, podrán también celebrarse convenios con organismos públicos y privados.

4. Fondos

La SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, aportará por sí o por terceros, para el ejercicio 2008, la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000), para ser aplicados a las actividades del presente PLAN.

5. Acciones que contempla el Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores

El Plan de Apoyo tendrá acciones en el territorio nacional orientadas por los siguientes ejes de intervención:

1. Identificación de la agricultura familiar.

2. Apoyo para el acceso a la tierra y para la gestión sustentable de los recursos naturales.

3. Seguridad y soberanía alimentaria.

4. Producción y comercialización.

5. Financiamiento.

6. Infraestructura productiva y social.

7. Fortalecimiento de las organizaciones y de la participación.

6. Actividades:

Actividades a desarrollarse durante el año 2008:

1. - Apoyo al desarrollo de acciones y actividades tendientes a facilitar el acceso básico al agua de consumo humano y animal.

2. - Apoyo a la implementación y protección de cultivos de verano.

3. - Apoyo a la instalación de infraestructura predial y comunitaria básica.

4. - Asistencia especial a emergencias climáticas y sociales.

5. - Asistencia técnica y capacitación.

6. - Fortalecimiento institucional de las organizaciones de la agricultura familiar.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-1-2013-MAGP Relaciona Apruébase el Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores
RE-621-2012-MAGP Modifica Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores