Resolución 5-2009
Establécense áreas de exclusión de la actividad pesquera como reservas
reproductivas en las unidades de manejo de vieira patagónica.
Bs. As., 12/3/2009
VISTO la Resolución Nº 4 de
fecha 22 de mayo de 2008 del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el
Visto se establecieron medidas de administración para la pesquería de vieira
patagónica (Zygochlamys patagonica)
con el objeto de mantener la sustentabilidad de la
pesquería.
Que en dicha oportunidad
se coincidió en la necesidad de actualizar las áreas de exclusión pesquera con
fines de Reservas Reproductivas que habían sido establecidas mediante la Resolución Nº 150 del
Registro de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, de
fecha 19 de marzo de 1996.
Que el INSTITUTO NACIONAL
DE INVESTIGACION Y DESARRROLLO PESQUERO, por Nota INIDEP Nº 0412, de fecha 27
de febrero del corriente año, ha elevado una propuesta de actualización de las
áreas de reserva reproductiva de vieira patagónica (Zygochlamys
patagónica).
Que dicha propuesta
contempla el establecimiento de áreas de reserva reproductiva donde deberían
evitarse los arrastres de fondo en algunas Unidades de Manejo del recurso, y la
eliminación de otras áreas de exclusión que fueran establecidas con fines de
estudios experimentales ya realizados, orientadas a la protección y
conservación de cierta fracción reproductiva de la población.
Que las áreas de
exclusión pesquera de diferentes tipos han sido aceptadas y utilizadas en el
manejo de pesquerías porque ofrecen protección a ambientes y especies
vulnerables y a las etapas críticas de sus ciclos de vida.
Que asimismo, estas áreas,
reducen la mortalidad global de los recursos mediante la asignación de refugios
para las poblaciones explotadas directamente o por by-catch
e incrementan las tasas de reclutamiento.
Que por todo lo expuesto
resulta conveniente complementar las medidas de administración para la
pesquería de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) establecidas en la Resolución Nº 4 de
fecha 22 de mayo de 2008 del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,
incorporando a las mismas el establecimiento de las Areas
de Exclusión de la
Actividad Pesquera como Reservas Reproductivas en las
Unidades de Manejo de la especie.
Que el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el
artículo 9º, incisos a) y f) y el artículo 17 de la Ley Nº 24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL
PESQUERO
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécense
las Areas de Exclusión de la Actividad Pesquera
como Reservas Reproductivas en las Unidades de Manejo de vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) que se
detallan en el ANEXO I de la presente resolución.
Art. 2º — Prohíbese
la captura de vieira patagónica (Zygochlamys
patagónica) en las áreas establecidas en el artículo 1º de la presente.
Art. 3º — Las infracciones a la presente
Resolución serán sancionadas de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 24.922.
Art. 4º — La presente resolución entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan C. Braccalenti. — Francisco J.
Romano. — Héctor M. Santos. — Juan A. López Cazorla.
— Jorge O. Khoury. — Omar M. Rapoport.
— Daniel E. Lavayén. — Carlos A. Cantú. — Luis Baqueriza.
ANEXO I
Areas de Exclusión de la Actividad Pesquera
como Reservas Reproductivas en las Unidades de Manejo (UM) de vieira patagónica
(Zygochlamys patagónica):