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Resolución
4-2012
Fíjase la fecha de cierre del período de captura
para la especie calamar en la
Zona Común de Pesca.
Montevideo, 24/8/2012
Norma estableciendo la fecha de cierre del período de captura para la
especie calamar (Illex argentinus)
en la Zona Común
de Pesca
VISTO:
La necesidad de establecer la fecha del cierre del período de captura para la
especie calamar (Illex argentinus)
en la Zona Común
de Pesca.
CONSIDERANDO:
1°) Que por el Artículo 2°) de la Resolución CTMFM Nº 2/12 se resolvió que la Comisión evaluara el
estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la
zafra 2012, sobre la base de información técnica aportada por las Partes.
2°) Que de acuerdo a la evaluación mencionada y en beneficio de la conservación
del recurso se hace necesario el cierre del período de captura.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo
LA COMISION TECNICA
MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Artículo 1° — Fijar la fecha del cierre del
período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca para el corriente año, el 31
de agosto a las 24.00 horas.
Art. 2° — Considerar la transgresión
de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Art. 3° — Comunicar esta Resolución al
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina
y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental
del Uruguay.
Art. 4° — Dar conocimiento público de esta
Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina
y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Julio C. Suárez. — Hernán D. Orduna.
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