Detalle de la norma DE-1339-2012-PEN
Decreto Nro. 1339 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2012
Asunto Arancel Externo Común (AEC). Modificaciones P.A. 3826.00.00
Boletín Oficial
Fecha: 10/08/2012
Detalle de la norma
LOA - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina

 

Decreto 1339-2012

 

Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y Arancel Externo Común (AEC). Modificaciones.

 

Bs. As., 7/8/2012

 

VISTO el Expediente Nº S01:0293456/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones se establecieron —entre otras—, las alícuotas de los Derechos y del Reintegro a la Exportación para las mercaderías identificadas como biodiesel y sus mezclas.

 

Que la promoción de la elaboración de biocombustibles constituye una política adecuada para profundizar el proceso de reindustrialización y diversificación productiva impulsado desde 2003 en adelante.

 

Que, a partir de las políticas de promoción instrumentadas, el complejo oleaginoso en general y la producción de biodiesel en particular se han establecido como actividades consolidadas, competitivas y de elevada rentabilidad.

 

Que la aplicación de Derechos de Exportación constituye un instrumento esencial de la política económica nacional para una distribución más equitativa del ingreso, para hacer frente a las cambiantes condiciones de los mercados internacionales y para contribuir a un crecimiento sectorial balanceado.

 

Que, por lo expuesto y ante el nuevo contexto internacional, resulta necesario adecuar las alícuotas de los Derechos y del Reintegro a la Exportación del biodiesel establecidos en el Decreto Nº 509/07 y sus modificaciones a las necesidades del conjunto de los sectores de la economía argentina.

 

Que resulta razonable, conveniente y oportuno modificar las alícuotas de los Derechos y del Reintegro a la Exportación, establecidas en el decreto mencionado precedentemente, para los productos elaborados en esta actividad.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por los incisos 1 y 2 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 755 apartado 1 inciso c) del Código Aduanero (Ley Nº 22.415 y sus modificaciones).

 

Por ello,

 

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1°  Modifícase en el Anexo I del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, la alícuota de Reintegro a la exportación para la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3826.00.00 conforme se indica a continuación:

 

 

NCM    RE %

3826.00.00    0

 

Art. 2º  Sustitúyese en el Anexo XIV del Decreto Nº 509/07 y sus modificaciones, las alícuotas correspondientes al Derecho de Exportación para la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3826.00.00, de la manera que se indica a continuación y elimínese la referencia 34 del citado Anexo:

 

 

NCM    DE %

3826.00.00    32

 

Art. 3º  Las disposiciones del presente decreto tendrán vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Art. 4º  Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.  FERNANDEZ DE KIRCHNER.  Juan M. Abal Medina.  Hernán G. Lorenzino.  Débora A. Giorgi.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DE-509-2007-PEN Arancel Externo Común (AEC). Modificaciones P.A. 3826.00.00