MERCOSUR/CCM/DIR N° 18/96
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR
RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción y la Resolución N° 69/96 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO
Que la CCM analizó las solicitudes presentadas por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay de reducción arancelaria para
algunos productos con imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM aprobó la reducción arancelaria para algunos de los bienes solicitados.
La Comisión de Comercio del MERCOSUR aprueba la siguiente
Directiva
Art. 1 - Se aprueba en el marco de la Res. 69/96 la reducción arancelaria solicitada por Brasil para los siguientes ítems, con
especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia,
respectivamente:
- NCM 6815.99.10: "Los demás"
-
Nota:
"Bloques, ladrillos y ladrillos
refractarios electrofundidos de una mezcla o combinación de Aluminio (Al2O3),
Circonio (ZrO2) y Silicio (SiO2), con un contenido superior al 47% de Aluminio
(Al2O3) en peso."
"Bloques, ladrillos y ladrillos
refractarios electrofundidos de Aluminio (Al 2º3), con un contenido superior
al 90% de Aluminio (Al2O3) en peso."
"Bloque, ladrillos y ladrillos
refractarios electrofundidos de Silicio (SiO2), con un contenido superior al
90% de Silicio (SiO2) en peso."
"Bloques, ladrillos y ladrillos
refractarios electrofundidos de Circonio (ZrO2), con un contenido superior a
90% de Circonio (ZrO2) en peso."
-
Cantidad, alícuota y
plazo de vigencia: 3.200 ton, 2%, 3 meses).
-
NCM: 7612.90.19:
"Los demás (cuerpo de lata de aluminio)"
-
Cantidad, alícuota y
plazo de vigencia: 300.000.000 de unidades, 2%, 4 meses).
Art. 2 - Se aprueba en el marco de la Res. 69/96 la reducción arancelaria solicitada por Paraguay para los siguientes ítems, con
especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia,
respectivamente:
-
NCM 3103.10.10:
"Adobos o fertilizantes fosfatados - superfosfatados, con un contenido de
pentóxido de fósforo (P2O5) superior o igual al 22% e inferior o igual al 45%
en peso".
-
Cantidad, alícuota y
plazo de vigencia: 13.000 ton, 2%, 1 año.
-
NCM 3103.10.20:
"Adobos o fertilizantes fosfatados - superfosfatados con un contenido de
pentóxido de fósforo (P2O5) superior o igual a 22% e inferior o igual al 45% en
peso.
-
Cantidad, alícuota y
plazo de vigencia: 20.000 ton, 2%, 1 año.
-
NCM 3103.10.30:
"Adobos o fertilizantes fosfatados - superfosfatados, con un contenido de
pentóxido de fósforo (P2O5) superior a 45% en peso.
-
Cantidad, alícuota y
plazo de vigencia: 40.000 ton, 2%, 1 año.
Art. 3 - Se aprueba en el marco de la Res. 69/96 la reducción arancelaria solicitada por Uruguay para el siguiente ítem, con
especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia,
respectivamente:
-
NCM 3925.90.00:
"Los demás".
-
Nota:
"Módulos enrejados de
polipropileno, encajables entre sí, de dimensiones iguales a 610 mm por 305 mm del tipo utilizado en los pisos de criaderos de cerdos".
-
Cantidad, alícuota y
plazo de vigencia: 4.000 piezas, 2%, 6 meses.
CCM XVIII - Brasilia, 31/X/96