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Resolución
431-2012
Extiéndese la autorización otorgada a Warrant Norte S.A. para emitir Certificados de Depósito y Warrants en los términos de la Ley N° 9643.
Bs. As., 2/8/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0076292/2012 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que la razón social WARRANT NORTE S.A., con domicilio legal en la calle
Presidente Perón Nº 315, Piso 2º, oficina 252, de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, solicita extensión de la autorización para emitir Certificados de
Depósito y Warrants en los términos de la Ley Nº 9643 para operar con
materias primas agrícolas, ya sea sobre depósitos propios o de terceros.
Que al respecto debe tenerse presente que por Resolución Nº 369 del 25 de
octubre de 1994 de la ex SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se autorizó a la razón
social WARRANT NORTE S.A. para emitir Certificados de Depósito y Warrants en los términos de la Ley Nº 9643 sobre productos
susceptibles de ser operados conforme a la misma, ya sea sobre depósitos o de
terceros.
Que a su vez la citada Resolución Nº 369/94 dispuso que la firma mencionada debía abstenerse de operar con materias primas agrícolas,
hasta tanto la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se expidiera sobre
el particular.
Que en función de lo establecido por el Artículo 2º del Decreto Nº 1034 del 7
de julio de 1995 se transfirió el carácter de autoridad nacional de aplicación
y contralor de la Ley Nº
9643 a
la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, por lo cual corresponde
expedirse sobre el particular.
Que en virtud de ello se observa que los antecedentes aportados por la
peticionante y el cumplimiento de los requisitos previstos en el Artículo 2º de
la Ley Nº 9643
aconsejan dar curso favorable a la solicitud de referencia.
Que por otra parte, debe tenerse presente que la autorización a otorgar
permitirá extender la utilización de un importante instrumento de crédito en
beneficio de la actividad agropecuaria.
Que sin perjuicio de ello, resulta necesario preservar la integración del
capital denunciado por la citada empresa como así también su patrimonio, por lo
que corresponde hacer saber a la misma que cualquier alteración que experimente
deberá contar con la previa autorización de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, y por el Artículo 2º del Decreto Nº 1034 del
7 de julio de 1995.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1º — Extiéndese
la autorización otorgada a la razón social WARRANT NORTE S.A. para emitir
Certificados de Depósito y Warrants en los términos
de la Ley Nº
9643 sobre materias primas agrícolas, ya sea sobre depósitos propios o de
terceros.
Art. 2º — Hágase saber a la razón social
WARRANT NORTE S.A. que cualquier alteración de su patrimonio o su capital
social deberá contar con la previa autorización de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA.
Art. 3º — La extensión de la autorización
otorgada conforme el Artículo 1º de la presente resolución no implica
responsabilidad de naturaleza alguna por parte del ESTADO NACIONAL, ni respecto
de la mercadería depositada, ni de las operaciones que realice la autorizada,
ni sobre los propios certificados emitidos, debiéndose incluir dicha cláusula
en los contratos que celebre.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Lorenzo R. Basso.
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