Detalle de la norma IG-14-2012-DGA
Instrucción General Nro. 14 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2012
Asunto Actividades ilegítimas desarrolladas en la Plataforma Continental Argentina, de ciertas empresas
Boletín Oficial
Fecha: 07/08/2012
Detalle de la norma
Instrucción General 14-2012-DGA

Instrucción General  14-2012-DGA

Actividades desarrolladas en la Plataforma Continental Argentina. Empresas que no se encuentran inscriptas en los Registros de la Secretaría de Energía, como concesionarias y/o permisionarias para realizar la exploración y explotación de hidrocarburos.

Buenos Aires, 14 de Junio de 2012.

A. INTRODUCCIÓN

Mediante las Resoluciones 128/12, 129/12, 130/12, 131/12 y 133/12, la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, declaró ilegítimas y clandestinas las actividades desarrolladas, en la Plataforma Continental Argentina, de ciertas empresas, las cuales no se encuentran inscriptas en los Registros de la Secretaría, como concesionarias y/o permisionarias para realizar la exploración y explotación de hidrocarburos en virtud de lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos 17.319 y sus normas reglamentarias y complementarias.

Por ello, corresponde a esta Dirección General de Aduanas arbitrar las medidas conducentes a instrumentar un procedimiento que detalle las pautas de cumplimiento a seguir por las áreas alcanzadas.

B. OBJETIVOS

Regular el tratamiento a otorgar a ciertas empresas cuyas actividades fueron declaradas ilegales por la Secretaría de Energía.

C. ALCANCE y ÁREAS INTERVINIENTES

La presente Instrucción General será de aplicación para todas las Áreas dependientes de la Dirección General de Aduanas.

D. PAUTAS DE CUMPLIMIENTO

Todas las áreas deberán observar que las empresas citadas seguidamente, no se encuentran en condiciones de acceder a su inscripción en ninguno de los Registros Especiales Aduaneros y en consecuencia no podrán registrar ni destinaciones ni operaciones aduaneras, en virtud del estado de ilegalidad en que se encuentren, a saber:

• DESIRE PETROLEUM PUBLIC LIMITED COMPANY y su vinculada;
• ROCKHOPPER EXPLORATION PLC y su vinculada;
• ARGOS RESOURCES LTD y su vinculada,
• BORDERS & SOUTHERN PETROLEUM PLC;
• FALKLAND OIL AND GAS LIMITED y su vinculada.

E. VIGENCIA

La presente Instrucción General, será de aplicación a partir de su dictado y sus efectos serán aplicables a partir de la vigencia de las Resoluciones 128/12, 129/12, 130/12, 131/12 y 133/12 de la Secretaría de Energía.

F. DIFUSION y PUBLICACIÓN

El texto de la presente Instrucción deberá ser publicado en el Boletín de la Dirección General de Aduanas, y a su vez estará disponible en: http://intranet/otras/dga/index.asp

Asimismo se podrá consultar en la página de Intranet de la Dirección de Asuntos Organizacionales, en el vínculo: http://intranet/otras/diasor/biblioteca.virtual.asp

LIC. MARIA SIOMARA AYERAN
DIRECTORA GENERAL
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota: Publicada en el BDGA N° 39/12 del 27/07/2012.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-17319-1967-PLN Actividades ilegítimas desarrolladas en la Plataforma Continental Argentina, de ciertas empresas