Detalle de la norma RG-3209-2011-AFIP
Resolución General Nro. 3209 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2011
Asunto Premio anual mejor labor periodística en todas las dependencias de la AFIP
Detalle de la norma
Resolución General 3209-2011-AFIP

Resolución General 3209-2011-AFIP

Premio Anual a la Mejor Labor Periodística sobre Temas de Gestión en Materia Impositiva, Aduanera y/o de los Recursos de la Seguridad Social. Su implementación.


Bs. As., 27/10/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-125-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la comunicación oportuna y precisa de las acciones que realiza este Organismo resulta de vital importancia en orden a potenciar el cumplimiento voluntario de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

Que, asimismo, dicha comunicación optimiza la transparencia de la gestión, al viabilizar el conocimiento y control ciudadano de tales acciones.

Que en ese marco se estima conveniente implementar un procedimiento que destaque y reconozca a la prensa gráfica, instituyendo un premio anual a la mejor labor periodística efectuada sobre temas de gestión en materia impositiva, aduanera y/o de los recursos seguridad social.

Que, en consecuencia, corresponde establecer los requisitos, formas, plazos y condiciones a observar para la presentación, selección y premiación de los trabajos respectivos.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Coordinación Técnico Institucional, de Planificación y de Administración Financiera, y las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Incisos ñ) y o) del Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º
— Institúyese el “Premio Anual a la Mejor Labor Periodística sobre Temas de Gestión en Materia Impositiva, Aduanera y/o de los Recursos de la Seguridad Social”, destinado a recompensar la actividad de la prensa gráfica (diarios, revistas, páginas “web” y, en su caso, libros) y a optimizar la calidad técnica de los trabajos realizados en dicho campo.
A los fines de la presente se considerará período anual al comprendido entre el día 1º de enero y el día 31 de diciembre del año al que corresponda el premio.

Art. 2º — La presentación, selección y premiación de los trabajos postulados para participar en el premio a que se refiere el artículo anterior, deberá ajustarse a las bases y condiciones generales que se consignan en el Anexo que se aprueba y forma parte de esta resolución general.

Art. 3º — Facúltase a las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Administración Financiera para dictar —en forma conjunta o indistinta— las normas complementarias que resulten pertinentes para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución general, así como para realizar el diseño e impresión del certificado de reconocimiento que se entregará al ganador.

Art. 4º — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 5º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO

 

(Artículo 2º)

 

BASES Y CONDICIONES GENERALES DEL “PREMIO ANUAL A LA MEJOR LABOR PERIODISTICA SOBRE TEMAS DE GESTION EN MATERIA IMPOSITIVA, ADUANERA Y/O DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL”


1. PARTICIPANTES. REQUISITOS

Podrán concursar todos los sujetos mayores de edad que, en el lapso respectivo, hayan publicado en medios gráficos editados en el país (diarios, revistas, páginas “web” y, en su caso, libros), durante el período anual al que corresponda el premio, artículos periodísticos sobre temas de gestión desarrollados por esta Administración Federal en materia impositiva, aduanera y/o de los recursos de la seguridad social.
Quedan expresamente excluidos del presente concurso los agentes que presten servicios en este Organismo, cualquiera sea la modalidad de contratación (v.gr. relación de dependencia, locación de servicios, etc.).

2. PRESENTACION DE LOS TRABAJOS

2.1. Los postulantes sólo podrán presentar UN (1) artículo en cada concurso anual.

2.2. La presentación se realizará en UN (1) sobre cerrado conteniendo:

2.2.1. UN (1) ejemplar en fotocopia del trabajo periodístico postulado, indicando en la parte superior de todas sus páginas —como único dato identificatorio del autor— el seudónimo elegido por éste. Deberá eliminarse del mismo toda mención, constancia o referencia que pudiera permitir la identificación del postulante (v.gr. firma del autor, título original de la artículo, medio en que se concretó la publicación, etc.), y

2.2.2. un (1) sobre cerrado de menor tamaño en el que se consignará en la cara externa únicamente el seudónimo del autor y, en el interior, una foja con sus datos personales (v.gr. apellido y nombres, nuevamente el seudónimo, tipo y número de documento de identidad, teléfono, dirección de correo electrónico personal y domicilio), fotocopia del documento nacional de identidad, ejemplar original del trabajo con indicación del día y el medio en que se publicó y, finalmente, un soporte magnético, cd, dvd, etc. de dicho trabajo.

2.3. Los trabajos deberán tener una extensión de TRES MIL QUINIENTOS (3.500) a DOCE MIL (12.000) caracteres, incluyendo los espacios. El tipo de fuente será Arial, tamaño DOCE (12), a excepción de los títulos cuyo tamaño deberá ser CATORCE (14).

2.4. La presentación de los trabajos podrá efectuarse por alguno de los siguientes medios:

2.4.1. Personalmente en la Dirección de Comunicación Institucional de esta Administración Federal, sita en Hipólito Yrigoyen Nº 370 - Piso
1º - Oficina 1428 - Código Postal 1086 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes y de 9 a 16 horas.

2.4.2. Por carta dirigida a la citada Dirección. En este supuesto, se considerará como fecha de presentación la consignada por el correo en el matasellos postal respectivo.

2.5. El plazo para la presentación de los trabajos se extenderá hasta el último día hábil del segundo mes inmediato posterior al cierre del período anual al que corresponda el premio. Posteriormente, ningún trabajo será aceptado.
Para la edición del premio correspondiente al año 2011, dicha presentación podrá formalizarse hasta el día 29 de febrero de 2012, inclusive.

3. EVALUACION DE LOS TRABAJOS

3.1. COMITE EVALUADOR

Los trabajos que reúnan todos los requisitos establecidos en los puntos anteriores, serán evaluados —a los efectos de la selección del ganador— por un jurado integrado por:

- Los Directores Generales de las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.

- El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA) o el representante que dicha institución designe entre sus autoridades superiores o cuerpo de profesores regulares.

- El presidente del Instituto de Estudios de Finanzas Públicas Argentinas o el representante que dicha institución designe entre sus autoridades superiores o cuerpo de profesores regulares.

Cada miembro del jurado tendrá UN (1) voto. Cualquier controversia que se genere en las tareas de evaluación será resuelta por mayoría de votos de sus integrantes.

La actuación de los miembros del jurado tendrá carácter “ad-honorem”. Las reuniones de evaluación y selección se desarrollarán en la sede de esta Administración Federal y el fallo que dicte será inapelable.

3.2. CRITERIOS DE SELECCION

A los fines de la selección del trabajo ganador se considerarán los siguientes parámetros, asignándole la puntuación máxima que en cada caso se indica:



PARAMETRO

PORCENTAJE

Trascendencia del tema elegido.

VEINTICINCO POR CIENTO (25%)

Originalidad en el planteo (creatividad).

QUINCE POR CIENTO (15%)

Profundidad en el tratamiento (Fuentes consultadas, contenidos y argumentación técnica).

TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%)

Calidad de redacción y conecto uso de la gramática.

VEINTICINCO POR CIENTO (25%)

 

3.3. PROCEDIMIENTO DEL JURADO PARA LA SELECCION DEL GANADOR

3.3.1. El jurado deberá expedirse dentro de los TREINTA (30) días hábiles del cierre del concurso.

3.3.2. Si a su juicio ninguno de los trabajos presentados tuvieran mérito para acceder al premio, éste podrá ser declarado desierto.

3.3.3. El jurado resolverá por mayoría absoluta de sus miembros y su decisión deberá constar en acta firmada, en la que se determinará el seudónimo del ganador o propondrá declarar desierto el premio. En el primer caso, procederá a identificar al autor abriendo el sobre indicado en el punto 2.2.2. e incorporará en el acta sus datos personales (apellido y nombres, tipo y número de documento de identidad, teléfono, dirección de correo electrónico personal, domicilio), anexando a la misma el ejemplar original del trabajo ganador con indicación del día y el medio en que se publicó.

3.3.4. Esta Administración Federal finalizará el procedimiento mediante el dictado de un acto administrativo formal, que se emitirá sobre la base del resultado expresado en el acta aludida en el punto 3.3.3. De existir un ganador, se hará constar su apellido, nombres y número de documento de identidad.

El premio se hará efectivo dentro de los DOCE (12) meses contados desde la fecha de publicación de dicho acto en el Boletín Oficial.

4. PUBLICIDAD DEL RESULTADO

4.1. La disposición que se menciona en el punto 3.3.4. se publicará en el Boletín Oficial y en la página “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).

4.2. El ganador será notificado por telegrama colacionado o carta documento dirigidos al domicilio que se haya consignado conforme a lo previsto en el punto 2.2.2.

5. PREMIO

El ganador se hará acreedor a:

5.1. Un premio estímulo consistente en la invitación para realizar la cobertura periodística, en el exterior, de la firma de acuerdos de intercambio de información fiscal, previsional o aduanera; de la participación de autoridades del Organismo en foros, congresos o reuniones internacionales y/o de cualquier otra gestión institucional relevante, a costa y cargo de esta Administración Federal, y

5.2. un certificado que acreditará dicha condición, conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la presente.
El ganador no tiene derecho a solicitar el cambio del premio estímulo indicado en el punto 5.1. por otro distinto ni por su valor monetario.

6. DISPOSICIONES PARTICULARES DE LA PARTICIPACION

6.1. La presentación de los trabajos implica la aceptación expresa de las presentes bases y condiciones, así como la manifestación bajo declaración jurada de que los presentantes son titulares de los derechos de autor de todo el contenido de la presentación, asumiendo plena y exclusiva responsabilidad ante eventuales reclamos de terceros por este concepto.

6.2. Los originales de los trabajos no premiados podrán ser retirados por los concursantes, dentro de los SESENTA (60) días corridos posteriores a la fecha de conocerse el resultado del concurso. Transcurrido dicho plazo, esta Administración Federal procederá a su destrucción.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-7-2012-SDGCTI Relaciona Labor Periodística s! Temas de Gestión en Materia Impositiva, Aduanera y/o de los Recursos de la Seguridad Social