Resolución General 3209-2011-AFIP
Premio Anual a la Mejor Labor Periodística sobre Temas de Gestión en Materia
Impositiva, Aduanera y/o de los Recursos de la Seguridad Social. Su
implementación.
Bs. As., 27/10/2011
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-125-2011 del Registro de esta Administración
Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la comunicación oportuna y precisa de las acciones que realiza este
Organismo resulta de vital importancia en orden a potenciar el cumplimiento
voluntario de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la
seguridad social.
Que, asimismo, dicha comunicación optimiza la transparencia de la gestión, al
viabilizar el conocimiento y control ciudadano de tales acciones.
Que en ese marco se estima conveniente implementar un procedimiento que
destaque y reconozca a la prensa gráfica, instituyendo un premio anual a la
mejor labor periodística efectuada sobre temas de gestión en materia
impositiva, aduanera y/o de los recursos seguridad social.
Que, en consecuencia, corresponde establecer los requisitos, formas, plazos y
condiciones a observar para la presentación, selección y premiación de los
trabajos respectivos.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y
las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Coordinación Técnico
Institucional, de Planificación y de Administración Financiera, y las
Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad
Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los
Incisos ñ) y o) del Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Institúyese el “Premio Anual a la Mejor Labor Periodística
sobre Temas de Gestión en Materia Impositiva, Aduanera y/o de los Recursos de
la Seguridad Social”, destinado a recompensar la actividad de la prensa gráfica
(diarios, revistas, páginas “web” y, en su caso, libros) y a optimizar la
calidad técnica de los trabajos realizados en dicho campo.
A los fines de la presente se considerará período anual al comprendido entre el
día 1º de enero y el día 31 de diciembre del año al que corresponda el premio.
Art. 2º — La presentación, selección y premiación de los trabajos
postulados para participar en el premio a que se refiere el artículo anterior,
deberá ajustarse a las bases y condiciones generales que se consignan en el
Anexo que se aprueba y forma parte de esta resolución general.
Art. 3º — Facúltase a las Subdirecciones Generales de Coordinación
Técnico Institucional y de Administración Financiera para dictar —en forma
conjunta o indistinta— las normas complementarias que resulten pertinentes para
el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución general, así
como para realizar el diseño e impresión del certificado de reconocimiento que
se entregará al ganador.
Art. 4º — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en
vigencia a partir del día hábil administrativo inmediato siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 5º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO
(Artículo 2º)
BASES Y CONDICIONES GENERALES DEL “PREMIO ANUAL A LA MEJOR LABOR
PERIODISTICA SOBRE TEMAS DE GESTION EN MATERIA IMPOSITIVA, ADUANERA Y/O DE LOS
RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL”
1. PARTICIPANTES. REQUISITOS
Podrán concursar todos los sujetos mayores de edad que, en el lapso respectivo,
hayan publicado en medios gráficos editados en el país (diarios, revistas,
páginas “web” y, en su caso, libros), durante el período anual al que
corresponda el premio, artículos periodísticos sobre temas de gestión
desarrollados por esta Administración Federal en materia impositiva, aduanera
y/o de los recursos de la seguridad social.
Quedan expresamente excluidos del presente concurso los agentes que presten
servicios en este Organismo, cualquiera sea la modalidad de contratación (v.gr.
relación de dependencia, locación de servicios, etc.).
2. PRESENTACION DE LOS TRABAJOS
2.1. Los postulantes sólo podrán presentar UN (1) artículo en cada concurso
anual.
2.2. La presentación se realizará en UN (1) sobre cerrado conteniendo:
2.2.1. UN (1) ejemplar en fotocopia del trabajo periodístico postulado,
indicando en la parte superior de todas sus páginas —como único dato
identificatorio del autor— el seudónimo elegido por éste. Deberá eliminarse del
mismo toda mención, constancia o referencia que pudiera permitir la
identificación del postulante (v.gr. firma del autor, título original de la
artículo, medio en que se concretó la publicación, etc.), y
2.2.2. un (1) sobre cerrado de menor tamaño en el que se consignará en la cara
externa únicamente el seudónimo del autor y, en el interior, una foja con sus
datos personales (v.gr. apellido y nombres, nuevamente el seudónimo, tipo y
número de documento de identidad, teléfono, dirección de correo electrónico
personal y domicilio), fotocopia del documento nacional de identidad, ejemplar
original del trabajo con indicación del día y el medio en que se publicó y,
finalmente, un soporte magnético, cd, dvd, etc. de dicho trabajo.
2.3. Los trabajos deberán tener una extensión de TRES MIL QUINIENTOS (3.500) a
DOCE MIL (12.000) caracteres, incluyendo los espacios. El tipo de fuente será
Arial, tamaño DOCE (12), a excepción de los títulos cuyo tamaño deberá ser
CATORCE (14).
2.4. La presentación de los trabajos podrá efectuarse por alguno de los
siguientes medios:
2.4.1. Personalmente en la Dirección de Comunicación Institucional de esta
Administración Federal, sita en Hipólito Yrigoyen Nº 370 - Piso
1º - Oficina 1428 - Código Postal 1086 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
lunes a viernes y de 9 a 16 horas.
2.4.2. Por carta dirigida a la citada Dirección. En este supuesto, se
considerará como fecha de presentación la consignada por el correo en el
matasellos postal respectivo.
2.5. El plazo para la presentación de los trabajos se extenderá hasta el último
día hábil del segundo mes inmediato posterior al cierre del período anual al
que corresponda el premio. Posteriormente, ningún trabajo será aceptado.
Para la edición del premio correspondiente al año 2011, dicha presentación podrá
formalizarse hasta el día 29 de febrero de 2012, inclusive.
3. EVALUACION DE LOS TRABAJOS
3.1. COMITE EVALUADOR
Los trabajos que reúnan todos los requisitos establecidos en los puntos
anteriores, serán evaluados —a los efectos de la selección del ganador— por un
jurado integrado por:
- Los Directores Generales de las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas
y de los Recursos de la Seguridad Social.
- El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos
Aires (UBA) o el representante que dicha institución designe entre sus
autoridades superiores o cuerpo de profesores regulares.
- El presidente del Instituto de Estudios de Finanzas Públicas Argentinas o el
representante que dicha institución designe entre sus autoridades superiores o
cuerpo de profesores regulares.
Cada miembro del jurado tendrá UN (1) voto. Cualquier controversia que se
genere en las tareas de evaluación será resuelta por mayoría de votos de sus
integrantes.
La actuación de los miembros del jurado tendrá carácter “ad-honorem”. Las
reuniones de evaluación y selección se desarrollarán en la sede de esta
Administración Federal y el fallo que dicte será inapelable.
3.2. CRITERIOS DE SELECCION
A los fines de la selección del trabajo ganador se considerarán los siguientes
parámetros, asignándole la puntuación máxima que en cada caso se indica:
PARAMETRO
|
PORCENTAJE
|
Trascendencia del tema elegido.
|
VEINTICINCO POR CIENTO (25%)
|
Originalidad en el planteo (creatividad).
|
QUINCE POR CIENTO (15%)
|
Profundidad en el tratamiento (Fuentes consultadas, contenidos y
argumentación técnica).
|
TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%)
|
Calidad de redacción y conecto uso de la gramática.
|
VEINTICINCO POR CIENTO (25%)
|
3.3. PROCEDIMIENTO DEL JURADO PARA LA
SELECCION DEL GANADOR
3.3.1. El jurado deberá expedirse dentro de los TREINTA (30) días hábiles del
cierre del concurso.
3.3.2. Si a su juicio ninguno de los trabajos presentados tuvieran mérito para
acceder al premio, éste podrá ser declarado desierto.
3.3.3. El jurado resolverá por mayoría absoluta de sus miembros y su decisión
deberá constar en acta firmada, en la que se determinará el seudónimo del
ganador o propondrá declarar desierto el premio. En el primer caso, procederá a
identificar al autor abriendo el sobre indicado en el punto 2.2.2. e
incorporará en el acta sus datos personales (apellido y nombres, tipo y número
de documento de identidad, teléfono, dirección de correo electrónico personal,
domicilio), anexando a la misma el ejemplar original del trabajo ganador con
indicación del día y el medio en que se publicó.
3.3.4. Esta Administración Federal finalizará el procedimiento mediante el
dictado de un acto administrativo formal, que se emitirá sobre la base del
resultado expresado en el acta aludida en el punto 3.3.3. De existir un
ganador, se hará constar su apellido, nombres y número de documento de
identidad.
El premio se hará efectivo dentro de los DOCE (12) meses contados desde la
fecha de publicación de dicho acto en el Boletín Oficial.
4. PUBLICIDAD DEL RESULTADO
4.1. La disposición que se menciona en el punto 3.3.4. se publicará en el
Boletín Oficial y en la página “web” de esta Administración Federal
(http://www.afip.gob.ar).
4.2. El ganador será notificado por telegrama colacionado o carta documento
dirigidos al domicilio que se haya consignado conforme a lo previsto en el
punto 2.2.2.
5. PREMIO
El ganador se hará acreedor a:
5.1. Un premio estímulo consistente en la invitación para realizar la cobertura
periodística, en el exterior, de la firma de acuerdos de intercambio de
información fiscal, previsional o aduanera; de la participación de autoridades
del Organismo en foros, congresos o reuniones internacionales y/o de cualquier
otra gestión institucional relevante, a costa y cargo de esta Administración
Federal, y
5.2. un certificado que acreditará dicha condición, conforme lo dispuesto en el
Artículo 3º de la presente.
El ganador no tiene derecho a solicitar el cambio del premio estímulo indicado
en el punto 5.1. por otro distinto ni por su valor monetario.
6. DISPOSICIONES PARTICULARES DE LA PARTICIPACION
6.1. La presentación de los trabajos implica la aceptación expresa de las
presentes bases y condiciones, así como la manifestación bajo declaración
jurada de que los presentantes son titulares de los derechos de autor de todo
el contenido de la presentación, asumiendo plena y exclusiva responsabilidad
ante eventuales reclamos de terceros por este concepto.
6.2. Los originales de los trabajos no premiados podrán ser retirados por los
concursantes, dentro de los SESENTA (60) días corridos posteriores a la fecha
de conocerse el resultado del concurso. Transcurrido dicho plazo, esta
Administración Federal procederá a su destrucción.