MERCOSUL/GMC/DIR. N¼ 11/96
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº
16/07
ACCIONES
PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO
POR
RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó las solicitudes presentadas por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de
abastecimiento normal y fluido.
Que
la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.
LA COMISIÓN DE
COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA
LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art.
1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario
con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y
plazo de vigencia:
NCM 7208.51.00 “ - - Placas
espesas de acero carbono de espesor de 22,2 mm y 25,4 mm, según la norma API 5L – X65 – PSL2 con los requisitos para cumplir con la prueba de resistencia a
la corrosión ácida según norma, NACE – TM 0284, solución prueba nivel A
de la norma NACE TM 0177”
Cantidad: 25.000 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2 %
Art. 2
- Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno
de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada
antes del 31/X/07.
XCVI
CCM - Montevideo, 11/X/07
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