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Resolución
526-2012
Programa Nacional de Prácticas Agrícolas
Sustentables. Se enmarcan objetivos y lineamientos.
Bs. As., 5/7/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0011038/2011 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº
120 de fecha 15 de marzo de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, se creó en el ámbito del mencionado Ministerio el PROGRAMA DE
AGRICULTURA INTELIGENTE (Al), que tiene como objetivo principal propiciar la
consolidación de una agricultura inteligente competitiva y eficiente que
atienda a la sustentabilidad y agregue valor a la
producción agropecuaria nacional.
Que por la Resolución Nº
570 de fecha 6 de julio de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, se creó en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del referido Ministerio el PROGRAMA NACIONAL DE
PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES, con el objetivo de promover el desarrollo y
la adopción de tecnologías, prácticas de manejo integral de los recursos
naturales y sistemas y la adopción de tecnología, prácticas de manejo integral
de los recursos naturales y sistemas de producción, compatibles con el
desarrollo sustentable en lo económico, social y ambiental.
Que a los efectos de favorecer la efectividad en la ejecución del referido
PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES, resulta conveniente
enmarcar los objetivos y lineamientos a los cuales debe ceñirse.
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1° — Establécese
que el PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES creado por la Resolución Nº 570 de
fecha 6 de julio de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se
enmarcará en los objetivos y lineamientos del PROGRAMA AGRICULTURA INTELIGENTE
(Al) creado por la
Resolución Nº 120 de fecha 15 de marzo de 2011 del mencionado
Ministerio.
Art. 2° — El PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS
AGRICOLAS SUSTENTABLES dependerá de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
siendo responsabilidad de la Dirección Nacional de Producción Agrícola y
Forestal dependiente de la
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del citado Ministerio, planificar y ejecutar las
actividades previstas en el Plan de Trabajo, además de participar en aquellas
acciones que se materialicen en el marco del referido PROGRAMA NACIONAL DE
PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES a implementarse en todo el territorio
nacional.
Art. 3° — La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Norberto G. Yauhar.
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