Detalle de la norma RE-172-2012-INYM
Resolución Nro. 172 Instituto Nacional de la Yerva Mate
Organismo Instituto Nacional de la Yerva Mate
Año 2012
Asunto Publíquese por dos días en el Boletín Oficial, el mecanismo de apoyo aprobado por RE 79/2012 de este Instituto.
Boletín Oficial
Fecha: 11/07/2012
Detalle de la norma
LOA

Resolución Nº 172-2012

Posadas, Misiones, 28-6-2012

VISTO: las actuaciones caratuladas
Expte. Nº 296/2011 - Ampliación del Convenio de Financiamiento de Operaciones de Compra-Venta de materia prima de yerba mate, y

CONSIDERANDO:

QUE por Resolución 79/2012 se ha aprobado la implementación por parte de este Instituto y por un plazo de doce (12) meses, del mecanismo de apoyo consistente en el pago de hasta el CIEN POR CIENTO (100%) de la tasa de interés de los créditos otorgados por las entidades bancarias con las que se formalicen convenios y cuyo destino fuere la compra venta de materia prima, aplicable asimismo respecto a las operatorias garantizadas con warrant.

QUE dicho mecanismo de apoyo ha sido establecido para todos los operadores que se encuentren inscriptos en cualquiera de las categorías establecidas en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero y cumplan con los requisitos de estar inscriptos en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero en alguna de las categorías previstas en la Resolución 54/08 del INYM; encontrarse al día con la presentación de las Declaraciones Juradas; no poseer multas firmes impagas ni convenios de pago caídos y no tener litigios judiciales en trámite en los que el INYM sea parte y tengan por objeto cuestiones de carácter patrimonial, sin perjuicio de que la operatoria se encontrará supeditada a los resultados del control que se efectúen por el INYM.

QUE atento a que a través de la implementación de tal mecanismo se ha buscado favorecer la liquidez mediante un mejoramiento de las condiciones de acceso al crédito de parte de los operadores yerbateros, y dado que el plazo se encuentra limitado a 12 meses desde su aprobación, se ha planteado la necesidad de efectuar la publicación del esquema de asistencia para su efectivo conocimiento por parte de posibles beneficiarios.

QUE el Area Legales ha tomado intervención.

QUE el INYM se encuentra facultado para establecer los procedimientos y medidas necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de lo dispuesto en los arts. 4 y 5 de la Ley 25.564.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE

ARTICULO 1º
PUBLIQUESE por dos (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina el mecanismo de apoyo aprobado por Resolución 79/2012 de este Instituto.

ARTICULO 2°
REGISTRESE. Tomen conocimiento las Areas competentes del INYM. Cumplido, procédase según lo resuelto. Ing. Agr. LUIS F. PRIETTO, Presidente, Inst. Nacional de la Yerba Mate. ESTEBAN FRIDLMEIER, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. ROBERTO BUSER, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. ENRIQUE KUSZKO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. MARCELO J. STOCKAR, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. Cr. RAMIRO LOPEZ, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. CLAUDIO ANSELMO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. ANDRES E. VAN DOMSELAAR, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. JORGE E. E. HADDAD, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-79-2012-INYM Publíquese por dos días en el Boletín Oficial, el mecanismo de apoyo aprobado por RE 79/2012 de este Instituto.