Detalle de la norma RE-227-2012-MIN
Resolución Nro. 227 Ministerio de Industria
Organismo Ministerio de Industria
Año 2012
Asunto Presentación de proyectos emprendedores en el marco del Programa “CAPITAL SEMILLA”
Detalle de la norma
LOA

Resolución 227-2012

Convócase a la presentación de proyectos emprendedores en el marco del Programa
Capital Semilla.

Bs. As., 6/7/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0212589/2012 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley Nº 25.872, los Decretos Nros. 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 941 de fecha 23 de julio de 2009 y 964 de fecha 1 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.872 creó el PROGRAMA NACIONAL DE APOYO AL EMPRESARIADO JOVEN con el objetivo de fomentar el espíritu emprendedor en la juventud, promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales.

Que el mencionado Programa está dirigido particularmente al desarrollo de empresas jóvenes y, especialmente, del emprendedorismo.

Que el artículo 2°, inciso e), de la mencionada ley establece como uno de sus objetivos, el de articular la acción del Estado con entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas.

Que mediante el artículo 6° de la mencionada ley, se creó la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS BENEFICIARIOS, con la finalidad de evaluar, calificar, aprobar o rechazar, auditar la adjudicación de los beneficios previstos en la ley y, adicionalmente, para brindar asistencia técnica para la consolidación y subsistencia de los proyectos.

Que por medio del artículo 22 del Decreto Nº 941 de fecha 22 de julio de 2009 se designó como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.872 al ex MINISTERIO DE PRODUCCION, facultándose al mismo para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su aplicación, como así también para delegar con el alcance que establezca, la ejecución de los Programas y acciones regulados por dicha ley.

Que por medio de los Decretos Nros. 1365 de fecha 1 de octubre de 2009, 1458 de fecha 8 de octubre de 2009 y 919 de fecha 28 de junio de 2010, fue sustituida la denominación del MINISTERIO DE PRODUCCION por los de MINISTERIO DE INDUSTRIA, MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y MINISTERIO DE INDUSTRIA sucesivamente.

Que mediante el artículo 2° de la Resolución Nº 203 de fecha 31 de mayo de 2012 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se ubicó a la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS BENEFICIARIOS en la órbita de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que el artículo 5° de la mencionada resolución estableció la incorporación del Programa
CAPITAL SEMILLA en el marco normativo de la Ley Nº 25.872 y su funcionamiento en el ámbito de la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS BENEFICIARIOS de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que asimismo, y a través del artículo 6° de la mencionada resolución, se creó el Registro de Potenciales Beneficiarios del Programa
CAPITAL SEMILLA y se determinó su funcionamiento en el ámbito de la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS BENEFICIARIOS de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que mediante la Resolución Nº 226 de fecha 5 de julio de 2012 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó el Reglamento Operativo de los Programas
CAPITAL SEMILLA y APRENDIENDO A EMPRENDER, el modelo de Convenio Marco y los modelos de Protocolos Adicionales de Evaluación, Monetización Tutoría y Capacitación, a fin de formalizar la colaboración técnica de las distintas instituciones participantes del citado Programa.

Que en este sentido, resulta oportuno realizar la apertura de la Convocatoria para la recepción de proyectos emprendedores en el marco del Programa
CAPITAL SEMILLA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por la Ley Nº 25.872, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto 438/92) y modificatorias y la Resolución Nº 203 de fecha 31 de mayo de 2012 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA
RESUELVE:

Artículo 1°
Convócase a la presentación de proyectos emprendedores en el marco del Programa CAPITAL SEMILLA de la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS PROYECTOS BENEFICIARIOS de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, según lo establecido en el Reglamento Operativo del Programa CAPITAL SEMILLA.

Art. 2°
Los proyectos serán recibidos en DOS (2) convocatorias, ambas bajo la modalidad virtual y a través de la página Web www.industria.gob.ar/jovenes, en el apartado CAPITAL SEMILLA y en la categoría que corresponda.

Art. 3°
La primera Convocatoria (I/2012) regirá a partir del 10 de julio de 2012 y por el plazo de TREINTA (30) días corridos desde la misma.

Art. 4°
La segunda Convocatoria (II/2012) se abrirá a partir del día 13 de agosto de 2012 y por el plazo de TREINTA (30) días corridos.

Art. 5°
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Débora A. Giorgi.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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