DC-22-2012
ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ AL “PROTOCOLO
DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y ESTUDIOS DE
NIVEL PRIMARIO Y MEDIO NO TÉCNICO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE”
VISTO: El Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, el
Protocolo de Ushuaia
sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la
República de Chile y las Decisiones Nº 26/02, 39/03, 18/04 y 28/04 del Consejo
del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que mediante Decisión CMC N° 26/02 se aprobó el “Protocolo de Integración Educativa
y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio
No Técnico entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”.
Que por
Decisión CMC N° 39/03 se oficializó la incorporación de la República del Perú como Estado Asociado del MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL
MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la Adhesión de la República del Perú al “Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y
Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los Estados Partes del
MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, suscripto el 5 de diciembre de 2002 en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil.
Art. 2 - Esta
Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados
Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del
MERCOSUR.
XLIII CMC – Mendoza,
29/VI/2012.
ACTA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ AL “PROTOCOLO DE INTEGRACIÓN EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS,
TÍTULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO Y MEDIO NO TÉCNICO ENTRE LOS ESTADOS
PARTES DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE”
La República del Perú expresa su plena y
formal adhesión al “Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de
Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los
Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, del 5 de diciembre de 2002 y suscribe la presente Acta de Adhesión.
La Secretaría del MERCOSUR será depositaria provisional de
la presente Acta de Adhesión.
El referido Protocolo entrará en vigor para la República del Perú en el día de la fecha.
FIRMADA en la ciudad de Mendoza, República Argentina, a los veintinueve
días del mes de junio de dos mil doce, en un original, en los idiomas español y
portugués, siendo ambos textos igualmente auténticos.
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Por la República del Perú