VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N° 69/96 y 33/98 del Grupo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó las solicitudes presentadas por Brasil sobre reducción arancelaria para algunos productos con imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM aprobó la reducción arancelaria para el siguiente ítem.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de las Resoluciones GMC N° 69/96 y 33/98 la rebaja arancelaria solicitada por Brasil para el siguiente ítem con especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia, respectivamente:
3102.10.10 Urea con tenor de Nitrógeno superior a 45% en peso
Cupo: 275.000 toneladas
Plazo: hasta 30/IV/2000
Alícuota: 3%
XXXVIII CCM - Montevideo, 27/X/99