DC-14-2012
LINEAMIENTOS DE POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL MERCOSUR
VISTO: El Tratado
de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso
Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, la Decisión Nº 24/11 del Consejo del Mercado Común
y la Resolución N° 84/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes
han asumido compromisos en el marco de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer (CEDAW, 1979), de la
Declaración de Beijing emanada de la Cuarta Conferencia de la Mujer (1995), del Consenso de Quito adoptado en la X Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y Caribe (2007) y del Consenso de
Brasilia (2010).
Que, a partir de la
aprobación de la Resolución GMC N° 84/00, el MERCOSUR ha promovido acciones
para lograr la inclusión de la perspectiva de género en el proceso de
integración, incorporando dicha perspectiva a los órganos técnicos del Grupo
Mercado Común.
Que la inclusión de la
perspectiva de género en la agenda de diversos órganos de la estructura
institucional del MERCOSUR contribuye a su transversalidad en toda la
estructura y hace necesaria una coordinación mas estrecha.
Que es necesario
contar con un marco común para el abordaje de los asuntos de género al interior
del MERCOSUR.
EL CONSEJO DE MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Establecer
una política de igualdad de género del MERCOSUR. A tal efecto, la RMAAM deberá
elaborar una propuesta a ser elevada para consideración del CMC, a más tardar,
antes de su segunda reunión ordinaria de 2013.
Art. 2 - Facultar a la
RMAAM a coordinar esfuerzos con otros órganos de la estructura institucional
del MERCOSUR a que traten cuestiones vinculadas a la temática de género.
Art. 3 - La RMAAM
deberá presentar un informe sobre el grado de avance de sus trabajos para
consideración del CMC en su segunda reunión ordinaria del 2012.
Art. 4 - Esta Decisión
no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIII CMC - Mendoza, 29/VI/12.