Resolución 867-2012
Apruébase el Plan Nacional de Chagas
2011-2016.
Bs. As., 13/6/2012
VISTO el Expediente Nº 1-2002-16708/11-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD,
y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO tramita la Aprobación del PLAN
NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016.
Que el 18 de diciembre de 1950 se crea, en órbita del entonces MINISTERIO DE
SALUD PUBLICA DE LA NACION,
el Comité Directivo de Investigaciones y Profilaxis de la Enfermedad de Chagas
con el objetivo de canalizar los programas técnicos por intermedio de un
organismo técnico-administrativo capacitado para la atención específica del
problema de Chagas.
Que por Decreto 2177 de fecha 8 de julio de 1952 se crea el Servicio Nacional
de Profilaxis y Lucha contra la
Enfermedad de Chagas quien sería el encargado de la
aplicación, cumplimiento y vigilancia de los Programas de Chagas.
Que en el año 1961, en la Provincia Catamarca, se evaluaron las actividades
de control realizadas hasta la fecha y se entregaron fondos para los Programas
de Lucha contra la
Enfermedad de Chagas-Mazza a ONCE (11) provincias del centro
y norte del país.
Que por Resolución de la ex SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD PUBLICA Nº 2008 el 25
de marzo de 1968 se dispuso la creación del Centro de Patología Regional en la Ciudad de Córdoba.
Que en noviembre de 1972 se conforma el Programa Nacional de Chagas
incorporando DIECINUEVE (19) estados provinciales endémicos, con una estrategia
vertical: la organización centralizada y las acciones ejecutadas verticalmente
por personal de cada uno de los servicios de Chagas.
Que mediante la Ley Nº
26.281 de fecha 4 de setiembre de 2007 se declara de Interés Nacional y se
asigna carácter prioritario a la prevención y control de todas las formas de
transmisión de la enfermedad de Chagas hasta su definitiva eliminación como
problema de Salud Pública en el marco de la política nacional del MINISTERIO DE
SALUD, cuya reglamentación está en proceso de aprobación.
Que por Resolución Ministerial Nº 1687 del 26 de octubre de 2006 se establece
nueva denominación como Programa Nacional Concertado de Prevención y Asistencia
Integral a la Enfermedad
de Chagas: “Argentina Justa” Argentina “sin Chagas” y posteriormente, mediante su modificatoria Resolución Ministerial Nº
1543 del 3 de diciembre de 2008 se sustituye la denominación por la de “Programa Nacional de Chagas”.
Que la
Resolución Ministerial Nº 719 del 27 de noviembre de 2010
establece las acciones de la
Dirección de Enfermedades Transmisibles por Vectores.
Que en el marco de la normativa vigente y en consecuencia, a los fines de
implementar el cumplimiento de la misma en todo el país, se ha elaborado el
PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016.
Que el mencionado Plan ha sido elaborado y consensuado con los referentes
Técnicos Provinciales, Nacionales e Internacionales como así también con los
representantes de las Sociedades Científicas afines al tema, previéndose
instituir como asesoría Científico-Técnica al INSTITUTO NACIONAL DE
PARASITOLOGIA “DR. MARIO FATALA CHABEN” de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
“DR. CARLOS G. MALBRAN” dependiente de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS.
Que el mismo es considerado una herramienta fundamental por el enfoque de
gestión integral involucrando a todos los sectores sociales relacionados con el
control de esta problemática, la que está relacionada con factores
estructurales que hacen a la desigualdad social.
Que en ese sentido, el Plan posibilitará el abordaje de la temática con una
visión totalizadora del control de la enfermedad de Chagas en todo el país, en
un proceso dinámico y sostenido de las acciones, encuadrado en un espacio
interinstitucional con alto grado de participación comunitaria.
Que la SUBSECRETARIA
DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS y la SECRETARIA DE
PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS han prestado su conformidad al referido Plan
Nacional.
Que la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios, T.O. 1992,
modificada por su similar Nº 26.338.
Por ello,
El MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el PLAN NACIONAL DE
CHAGAS 2011-2016 el que como ANEXO I pasa a formar parte integrante de la
presente Resolución.
Art. 2° — La DIRECCION DE
ENFERMEDADES TRANSMISIBLES POR VECTORES, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS,
será el Area ejecutora y responsable de la instrumentación y conducción del
Plan.
Art. 3° — La Asesoría
Científico-Técnica del presente Plan estará a cargo del
INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA “DR. MARIO FATALA CHABEN” de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
“DR. CARLOS G. MALBRAN” dependiente de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS.
Art. 4° — El gasto que demande el
cumplimiento de la presente se imputará a la Partida Específica
del Programa 37, Actividad 02 del Presupuesto de este Ministerio y
eventualmente de Organismos Internacionales y de otras Instituciones que en el
marco de la normativa vigente puedan hacerlo.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Juan L. Manzur.
ANEXO I
PLAN
2011-2016
PARA EL CONTROL DE LA
ENFERMEDAD DE CHAGAS EN ARGENTINA
Programa
Nacional de Chagas Ministerio de Salud de la Nación Diciembre
de 2010
Presidencia de la
Nación
Cristina Fernández de Kirchner
Ministerio de Salud de la
Nación
Juan Luis Manzur
Secretaría de Promoción y Programas Sanitarios
Máximo Diosque
Subsecretaría de Prevención y Control de Riesgos
Marina Kosacoff
Dirección de Enfermedades Transmisibles por Vectores
Sergio Sosa Estani
Programa Nacional de Chagas
Cynthia Spillmann
Héctor Freilij
Silvia Monserrat
El Plan Nacional para el Control de la Enfermedad de Chagas se ha elaborado con el
aporte técnico de los Programas Provinciales de Chagas y el asesoramiento de
expertos nacionales e internacionales, sociedades científicas, organizaciones
de la sociedad civil, universidades y la Organización Panamericana
de la Salud.
1. INTRODUCCION
A 100 años de haber sido descripta por primera vez, la infección por
Trypanosoma cruzi o enfermedad de Chagas continúa siendo un grave problema de
salud pública en muchos países de América Latina. Por pérdida de calidad de
vida por discapacidad (AVAD), esta enfermedad ocupaba el quinto lugar de
importancia entre las enfermedades infecciosas en general en las Américas y el
Caribe en 2001. La principal vía de transmisión del parásito es a través del
vector Triatoma infestans (vinchuca). Sin embargo, la vía congénita ha ido
aumentando su incidencia a medida que mejoraba el control de la transmisión
vectorial y la transfusional.
El Programa Nacional de Chagas (PNCh) comenzó a funcionar en 1961, luego de más
de una década de investigación y desarrollo de varios programas pilotos de
control del vector. Entre 1961 y 1980, el PNCh llegó a contar con 2000 técnicos
distribuidos en 19 provincias, con un presupuesto superior a los 100 millones
de dólares americanos. La intervención contra las transmisiones vectorial y
transfusional produjo un descenso de la prevalencia de infección por T. cruzi
en los varones reclutados en el servicio militar obligatorio desde el 10% en
1969 al 6% en 1981 y al 2% en 1993.
A pesar de estas mejoras, se han seguido registrando
casos agudos vectoriales de enfermedad de Chagas por falta de un sistema
sostenido de vigilancia entomológica y reinfestación de las viviendas tratadas.
En 1991 se implementó una estrategia horizontal para capacitar a 600
supervisores nacionales y provinciales del PNCh. Entre 1993-1998 se realizaron
casi 5000 talleres para entrenar unos 15.500 agentes sanitarios o municipales y
líderes, quienes junto a los técnicos del PNCh trataron con insecticidas unas
675.000 viviendas. Hacia 2000 se habían rociado cerca de un millón de viviendas
e instalado la vigilancia en más de 800.000. La infestación domiciliaria por T.
infestans disminuyó desde el 6,1% en 1992 al 1,2% en 1999. La notificación
nacional de casos agudos clínicamente detectables de enfermedad de Chagas de
origen vectorial fue de 22 casos en 1997, 19 en 1998, 2 en 1999 y 22 en 2000.
La seroprevalencia de infección por T. cruzi en menores de 15 años residentes
en áreas rurales disminuyó del 6,3% al 2% entre 1992 y 1999. En ese período, el
número de controles de infección por T. cruzi en sangre donada aumentó de
200.000 en 1991 a
cerca de 500.000 en 2000, alcanzando a todos los servicios públicos. Además, se
normatizó el control de la mujer embarazada y el seguimiento del hijo de mujer
infectada, como así también el control de los donantes de órganos.
A partir de 2000 se observó una tendencia creciente en el número de casos
agudos vectoriales en el país debido a la disminución de las actividades de
control del vector (la tasa anual de rociado de viviendas con insecticidas bajó
de 140.000 viviendas en 1994
a menos de 65.000 entre 1998 y 2008) y a la baja
cobertura de las acciones sostenidas de vigilancia (menos del 40% de las
viviendas de área endémica), todo esto a consecuencia de reducciones de
presupuesto y de la capacidad operativa del Programa por déficit de recursos
humanos y materiales y una gestión inadecuada. Otros factores que contribuyeron
al recrudecimiento de la endemia fueron la crisis socioeconómica de 2001, la
insuficiente atención al problema y a la promoción y la prevención en los sistemas
de salud y los cambios de gestión en los programas.
Para interrumpir la transmisión es necesario optimizar las actividades de
control vectorial y no vectorial, con una vigilancia activa permanente y con el
diagnóstico y tratamiento oportuno de las personas infectadas. La estrategia
apropiada para lograr este objetivo es una descentralización operativa local
que involucre a las diferentes instancias de gestión y servicios locales de
salud, con la conducción, normatización y supervisión técnica del nivel central
nacional; y el compromiso y la responsabilidad compartidos entre los niveles
nacional, provincial y municipal.
2. DIAGNOSTICO DE SITUACION
Las últimas estimaciones de casos (OPS, 2006) indican que en Argentina habría
7.300.000 personas expuestas, 1.600.000 infectadas y más de 300.000 afectadas
por cardiopatías de origen chagásico. La seroprevalencia de infección por T.
cruzi en embarazadas en el país fue de 6,8 % en 2000 y de 4,2% en 2009. En base
a estos datos, se estima que cada año nacen 1300 niños infectados por
transmisión congénita. Cabe consignar que 9/10 niños tratados en fase aguda y
7/10 tratados en fase crónica se curan. La prevalencia media de infección por
T. cruzi en niños menores de 14 años fue de 1,5% en 2009.
Si bien en 2009 y 2010 algunos indicadores relacionados con la vigilancia
entomológica y el control del vector han mejorado, las metas consideradas
aceptables no se han alcanzado aún. De la misma manera, los indicadores
relacionados con el control de la transmisión no vectorial y la atención médica
también han mejorado levemente. Actualmente, el escenario nacional de la
enfermedad de Chagas es el siguiente (ver mapa):
• Situación de alto riesgo para la transmisión vectorial
Las provincias de Chaco, Formosa, Santiago del Estero, San Juan, Mendoza y
Córdoba presentan una reemergencia de la transmisión vectorial de Chagas debido
a un aumento de la infestación domiciliaria y a una alta seroprevalencia en
grupos vulnerables.
• Situación de riesgo moderado para la transmisión vectorial
Las provincias de Catamarca, Corrientes, La Rioja, Misiones, Santa Fe, San Luis, Salta y
Tucumán muestran una situación de riesgo intermedio con un índice de
reinfestación mayor al 5% en algunos departamentos, e insuficiente cobertura de
vigilancia en algunos casos.
• Situación de bajo riesgo para la transmisión vectorial
Las provincias de Jujuy, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén y Río Negro lograron certificar la
interrupción de la transmisión vectorial.
• Situación de riesgo universal
Las 24 jurisdicciones poseen riesgo de transmisión congénita derivado de las
migraciones internas e internacionales de países vecinos con elevada
endemicidad.
3. ESTRUCTURA DEL PLAN
Con el fin de disminuir la morbilidad y mortalidad de la enfermedad de Chagas
en Argentina, los Programas Nacional y Provinciales de Chagas han elaborado un
Plan de Intensificación de la
Vigilancia y el Control de esta enfermedad. El éxito de este
Plan dependerá en gran medida de la articulación vertical y transversal entre
todos los niveles y ámbitos de gobierno junto con la comunidad. La estructura
del Plan comprende las siguientes secciones:
(a) objetivos
(b) líneas estratégicas
(c) responsabilidades de los sectores involucrados
(d) matriz de metas, actividades e indicadores
(e) cronograma
(f) metas cuantificadas
4. OBJETIVOS
4.1. Objetivos generales
4.1.1. Interrumpir la transmisión del Trypanosoma cruzi.
4.1.2. Reducir la morbimortalidad por enfermedad de Chagas y su impacto
socioeconómico.
4.2. Objetivos específicos
4.2.1. Alcanzar y sostener la interrupción de la transmisión vectorial del T.
cruzi a través de la eliminación o reducción del vector en domicilio y
peridomicilio.
4.2.2. Sostener la interrupción de la transmisión por transfusión y
transplantes del T. cruzi.
4.2.3. Optimizar el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la infección
congénita.
4.2.4. Optimizar el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la infección
aguda y crónica.
4.2.5. Desarrollar y sostener estrategias generales y transversales a todo el
programa.
5. LINEAS ESTRATEGICAS
5.1. Estrategias para la prevención y control de la transmisión vectorial
(Objetivo I)
5.1.1. Vigilancia entomológica
La vigilancia entomológica permite la detección de infestación de viviendas con
triatominos y su posterior rociado químico de manera oportuna según normas
técnicas. Para la vigilancia se aplicarán dos modalidades simultáneas:
5.1.1.1. Vigilancia Institucional: activa, programada, por muestreo, a cargo de
los Ministerios de Salud de Provincias y de Nación. Para su implementación se
requiere de la designación de referentes municipales o departamentales y del
fortalecimiento de los sistemas locales.
5.1.1.2. Vigilancia Comunitaria-Participativa: continua y exhaustiva del total
de las viviendas. El poblador notifica la presencia de vectores al sistema
formal (Estructura Municipal, de Salud o de Educación) y éste debe garantizar
una respuesta inmediata de control. La vigilancia participativa debe ser
incentivada y monitoreada por la vigilancia institucional.
5.1.2. Control vectorial mediante rociado químico
El objetivo es la reducción o eliminación de la infestación de viviendas con
triatominos mediante la intensificación de las actividades de control químico
(rociado con insecticida) de las viviendas en áreas endémicas de moderado y
alto riesgo, con criterios de continuidad, contigüidad y cobertura, ya sea de
manera programada o como respuesta a una denuncia de foco de infestación. Para
esto se requiere de:
(a) la elaboración de un plan de rociado en forma de barrido, basado en la
estratificación de riesgo de cada provincia con trasmisión vectorial,
comenzando por los departamentos de alto y moderado riesgo. La frecuencia del
rociado se define según el riesgo de reinfestación.
(b) Disponer de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para
formar equipos de control de vectores en función del número de las unidades
domiciliarias a proteger.
(c) la ejecución del plan es responsabilidad de efectores municipales y
provinciales en las áreas periurbanas y rurales agrupadas y de efectores
provinciales y nacionales en las áreas rurales dispersas.
(d) para asegurar la calidad en la ejecución del plan se requiere el estricto
monitoreo y supervisión de todas las actividades por los niveles
correspondientes y la periódica evaluación de las actividades en terreno de los
efectores municipales por el nivel provincial, y del nivel provincial por el
nivel nacional.
5.1.3. Monitoreo de resistencia a insecticidas
Se elaborará y ejecutará un programa de monitoreo de resistencia a insecticidas
de vectores de interés sanitario de acuerdo con protocolos internacionales [OMS
Protocolo de evaluación de efecto insecticida sobre triatominos. Acta
Toxicológica Argentina, 1994; 2(1,2):29-32)].
5.1.4. Mejora de viviendas y ambiente
La erradicación de las viviendas rancho y la mejora del peridomicilio permite
reducir el riesgo de infestación/reinfestación y proporciona sustentabilidad a
los resultados posibles del Plan.
Para esto se requiere:
(a) conformación de una Comisión Nacional que integre a los Ministerios
involucrados: Salud, Planificación, Desarrollo Social, Educación, Ambiente,
Interior, Ciencia y Tecnología;
(b) elaboración e implementación de un Plan Nacional de Vivienda Saludable para
mejora o renovación de viviendas y peridomicilio de riesgo, coordinado con los
programas nacionales y provinciales en curso.
5.2. Estrategias para la prevención y control de la transmisión no vectorial
(Objetivo II)
5.2.1. Evaluación de donantes de sangre
El objetivo es prevenir la donación de sangre de individuos potencialmente
infectados por T. cruzi, garantizando la calidad de los componentes de la
sangre que se transfunden en centros oficiales o privados, todos dependientes
del Plan Nacional de Sangre, mediante la normatización de procesos y
procedimientos, y la supervisión de la selección, distribución y uso de
insumos, incluyendo los reactivos para el tamizaje de laboratorio de esos
donantes.
Las actividades a desarrollar en los bancos de sangre y los laboratorios que
llevan a cabo el tamizaje serológico de las enfermedades transmisibles por
transfusión son las siguientes:
(a) realización de encuesta de riesgo en el 100% de los candidatos a donar
sangre por personal capacitado en forma continua y supervisado;
(b) realización del tamizaje serológico para T. cruzi al 100% de los donantes
con reactivos de calidad probada. La validación de los reactivos diagnóstico
disponibles comercialmente debe realizarla la autoridad competente;
(c) ejecución de un programa de garantía de calidad que incluya las
operaciones, equipos, instrumentos, procedimientos, reactivos diagnósticos y
otros insumos;
(d) participación en programas de evaluación externa del desempeño, tanto
nacionales como internacionales;
(e) todo el personal, profesional, técnico y administrativo, debe recibir
capacitación continua que debe estar registrada, tal como ocurre con toda
actividad institucional.
5.2.2. Evaluación de donantes de órganos
El diagnóstico previo de infección por T. cruzi en el donante permite prevenir
su transmisión al receptor y el diagnóstico en el receptor permite monitorear
la reactivación de una infección crónica. Las actividades incluyen:
(a) incorporación en las guías de control peritransplante el diagnóstico de
infección por T. cruzi en donantes y receptores;
(b) implementación y supervisión de un programa de control de calidad de los
reactivos usados y de las pruebas de laboratorio de diagnóstico.
5.3. Estrategias para el control de la infección congénita (Objetivo III)
El objetivo es lograr el diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y
notificación de al menos el 95% de los casos de infección congénita por T.
cruzi en el recién nacido y el niño hasta el año de edad, para lo cual se
requiere de:
(a) elaboración de estrategias articuladas con otros programas para la
optimización del diagnóstico y tratamiento de los niños infectados, por ejemplo
la Dirección
de Maternidad e Infancia, Atención Primaria de la Salud, Plan de Reducción de la Mortalidad Infantil,
Plan Nacer, Libreta Sanitaria y Seguro Universal por Hijo;
(b) incorporación de procedimientos de control en las guías de atención
perinatal de rutina;
(c) designación de un referente provincial para gestión y monitoreo de las
actividades de control de las infecciones congénitas.
(d) articulación entre los diferentes niveles de atención;
(e) capacitación del personal de salud en diagnóstico y tratamiento de la
infección congénita;
(f) provisión sostenida y oportuna de insumos necesarios para el diagnóstico y
tratamiento de la infección por T. cruzi.
5.4. Estrategias para el control de la infección aguda y crónica (Objetivo IV)
Estas estrategias deben basarse en la atención en el Primer Nivel de Atención,
con sistema de referencia y contrarreferencia, y en coordinación con otros
sistemas existentes que faciliten la instalación de la atención de rutina a personas
infectadas ya sea en fase aguda o crónica. Para lo cual se requiere de:
(a) capacitación del personal de salud en diagnóstico y tratamiento de la
infección aguda y crónica;
(b) confirmación del diagnóstico y tratamiento a través de efectores naturales,
prestadores de servicio de salud en las comunidades de residencia, siguiendo
las guías dictadas por el Ministerio de Salud.
5.4.1. Diagnóstico y tratamiento de niños (menores de 15 años) con infección
crónica
El objetivo de esta estrategia es alcanzar la cobertura de al menos el 95 % del
diagnóstico y tratamiento de los niños con infección crónica, con las
siguientes actividades:
(a) articulación con el Programa de Salud Escolar (PROSANE), Direcciones o
Programas de Maternidad e Infancia nacional y provinciales, sistemas de APS
provinciales y laboratorios nacionales y provinciales;
(b) realización de tamizajes a todos los niños menores de 15 años, residentes
en áreas rurales endémicas, a través de operativos en escuelas o domicilios;
(c) realización de tamizajes a los niños en edad escolar, aproximadamente a los
6 y 12 años, residentes en áreas urbanas y con antecedente de riesgo según
evaluación previa, a través de operativos en escuelas.
Para el financiamiento del diagnóstico y tratamiento de la población infantil
se considerarán: la cartilla de salud infantil a los 6 años, el PROSANE y el
Seguro Universal por Hijo.
5.4.2. Diagnóstico y tratamiento de jóvenes y adultos con infección crónica
El diagnóstico y tratamiento, cuando se considere según normas vigentes, se
realizará según antecedentes clínicos y epidemiológicos, a través de los
prestadores de salud habituales en las comunidades de residencia.
5.4.3. Tratamiento de pacientes con enfermedad cardíaca, digestiva o nerviosa
El objetivo es garantizar cobertura médica y acceso a tratamiento de al menos
el 90% de los pacientes con manifestaciones de Chagas crónico.
La atención se realizará en los diferentes subsistemas de atención (público,
obras sociales, privado) y en el nivel de atención (primer nivel o servicios
especializados) que correspondan. Todos los subsistemas de salud deberán
garantizar la provisión de la medicación específica ambulatoria, marcapasos,
cardiodesfibriladores e intervenciones quirúrgicas digestivas; y los exámenes complementarios
correspondientes.
5.5. Estrategias generales y transversales a todo el programa (Objetivo V)
5.5.1 Fortalecimiento de la dimensión política
(a) creación de una Mesa de Gestión Integrada;
(b) validación y adopción del Plan en el Consejo Federal y los Consejos
Regionales de Salud (COFESA-CORESA).
5.5.2. Fortalecimiento de los Programas de Chagas
(a) gestión de incremento presupuestario;
(b) incorporación de recursos humanos en la Coordinación Nacional
de Control de Vectores y en los Programas Provinciales de Chagas;
(c) instalación u optimización de laboratorios de entomología;
(d) instalación u optimización de laboratorios de diagnóstico serológico y
parasitológico;
(e) capacitación de biólogos, bioquímicos y técnicos en entomología sobre
reconocimiento, evaluación y tratamiento químico de triatominos;
(f) capacitación de jefes de programas en gestión de control y manejo de
plaguicidas;
(g) capacitación de jefes de programa en manejo de base de datos y
georreferencia;
(h) reuniones nacionales del Programa de Chagas.
5.5.3. Comunicación social y participación comunitaria
El objetivo es lograr la movilización social y participación comunitaria para
potenciar y lograr la sustentabilidad de las acciones del programa. Para ello
es necesario:
(a) elaborar un plan de comunicación social y participación comunitaria a fin
de socializar los conocimientos, fomentar la vigilancia
comunitaria-participativa, promover la práctica de hábitos saludables en la
población y facilitar el diagnóstico y tratamiento de la infección;
(b) capacitar a la comunidad en prevención y promoción de la salud;
(c) incorporar la temática de las enfermedades transmisibles por vectores en la
currícula de los niveles primario, secundario, universitario y carreras de formación
docente;
(d) implementar el Día Nacional por una Argentina sin Chagas, con participación
de los Ministerios de Salud nacional y provinciales, Educación, Desarrollo
Social y de ONGs. Con la realización de las siguientes actividades durante la
semana previa al Día Nacional:
(1) promoción de la notificación de infestación y otras actividades de
prevención en escuelas y comunidad;
(2) comunicación en medios masivos y sitios web oficiales con mensajes
consensuados;
(3) movilización social;
(4) intensificación de estudios serológicos y clínicos, y de prescripción del
tratamiento.
5.5.4. Evaluación y Supervisión del Programa
(a) conformación de equipos interdisciplinarios para evaluación de acciones en
terreno;
(b) capacitación de los jefes de programas en evaluación y supervisión de
programas;
(c) implementación de un sistema de gestión y auditoría de la distribución y
uso de insumos;
6. RESPONSABILIDADES Y TAREAS DE LOS SECTORES INVOLUCRADOS
6.1. Presidencia de la Nación
(a) convocar a toda la sociedad para la prevención y control de la enfermedad
de Chagas;
(b) convocar a los gobiernos provinciales para liderar las acciones de
prevención y control;
(c) convocar a la Mesa
de Gestión Integrada;
(d) coordinar la campaña de comunicación en los medios.
6.2. Gobiernos provinciales
(a) convocar a la Mesa
Provincial de Gestión Integrada en el mayor nivel de
decisión.
6.3. Municipios
(a) coordinar y participar en la vigilancia entomológica y en el control
vectorial local.
6.4. Ministerio de Desarrollo Social
(a) desarrollar y fortalecer las capacidades para acciones de prevención,
educación y control de la enfermedad de Chagas a través de Centros de
Integración Comunitaria (CICs), Mesas de Gestión, Plan AHÍ, promotores
territoriales para el cambio social, voluntarios y personal territorial, y de la Secretaría de Deportes
y sus programas;
(b) participar activamente en los Planes de mejoramiento del ambiente.
6.5. Ministerio de Educación
(a) asegurar que todas las escuelas cumplan con las normas de prevención;
(b) incorporar la temática de las enfermedades transmisibles por vectores en la
currícula de los niveles primario, secundario, universitarios y carreras de
formación docente;
(c) incorporar estudiantes universitarios en actividades de prevención y
control;
(d) co-coordinar con el Ministerio de Salud las actividades del Día Nacional
por una Argentina sin Chagas;
(e) promover que los conocimientos y actividades de prevención lleguen a los
hogares;
(f) articular con educ.ar (web y canal Encuentro) la incorporación de
contenidos educativos y de prevención sobre la enfermedad de Chagas.
6.6. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios
(a) coordinar con la
Secretaría de Ambiente el Plan Nacional de Vivienda
Saludable.
6.7. Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
(a) coordinar con el Ministerio de Planificación el Plan de Mejoramiento de
Ambiente.
6.8. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
(a) coordinar con el Ministerio de Planificación el mejoramiento del
peridomicilio.
6.9. Ministerio del Interior
(a) fortalecer la capacidad de gestión de los gobiernos locales;
(b) brindar apoyo financiero y material.
6.10. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
(a) incorporar líneas prioritarias de investigación en aspectos clínicos,
epidemiológicos, diagnóstico, tratamiento, operativos y sociales para mejorar
su prevención y el control;
(b) movilizar recursos de instituciones privadas, nacionales e internacionales
para la financiación de investigaciones.
6.11. Fuerzas Armadas y de Seguridad
(a) brindar apoyo en seguridad, transporte y logística en acciones de control
vectorial.
6.12. Dirección de Epidemiología
(a) incorporar al SNVS-SIVILA la nominalización de los casos de enfermedad de
Chagas en niños menores de 15 años para su tratamiento etiológico y
seguimiento.
6.13. Dirección Nacional de Maternidad e Infancia
(a) incorporar en las guías de perinatología las prácticas de diagnóstico
precoz y tratamiento oportuno del RN y niños de hasta 1 año con infección
congénita.
6.14. INCUCAI
(a) incorporar en las guías de control peritransplante el diagnóstico de
infección por T. cruzi del donante y del receptor.
(b) implementar y supervisar un programa de control de calidad de los reactivos
y de las pruebas de laboratorio de diagnóstico.
6.15. Plan Nacional de Sangre
(a) participar en la capacitación del personal de los bancos de sangre;
(b) participar en los programas de control de calidad de los reactivos y de las
pruebas de laboratorio;
(c) implementar las acciones de supervisión y monitoreo de los bancos de
sangre.
6.16. Organizaciones de la
Sociedad Civil, Organizaciones científicas y académicas
(a) acompañar las actividades propuestas y contribuir con monitoreo,
supervisión y control de las acciones en territorio;
(b) coordinar trabajos en conjunto según especialidad.
7. MATRIZ DE ACTIVIDADES E INDICADORES
8. CRONOGRAMA