LOA
Ley 26.750
Apruébase el Acuerdo de Intercambio de Información en
Materia Fiscal entre la
República Argentina y el Gobierno del Principado de Andorra.
El Senado y
Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase
el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Y EL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ANDORRA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION EN
MATERIA FISCAL, celebrado en Andorra La Vella, PRINCIPADO DE
ANDORRA, el 26 de octubre de 2009, que consta de CATORCE (14) artículos, cuya
fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES
DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.750 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
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