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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Directiva Nº 1 |
28/05/2004 |
Fecha: |
12/07/2004 |
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Dependencia: |
DR-1-2004-CCM |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
DICTAMEN DE CLASIFICACION ARANCELARIA
EN EL MARCO DE
LA DEC. CMC N° 03/03 |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Decisión N° 03/03 del Consejo del Mercado Común y
la Resolución N° 65/01 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: Que se hace necesario establecer
la Clasificación
Arancelaria de la mercadería denominada "Placas,
láminas, hojas y tiras de polietileno, compacto, con aceite de parafina y
carga (sílice y negro. de humo), de densidad
inferior a 0,94 g/cm3, con nervaduras paralelas entre sí, en rollos, de los
tipos utilizados para la fabricación de separadores de acumuladores
eléctricos". |
LA COMISION DE COMERCIO
DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA: |
Art. 1 - Aprobar el "Dictamen de Clasificación
Arancelaria N° 01/04" elaborado por el Comité
Técnico N° 1, que consta como Anexo y forma parte de
la presente Directiva. |
Art. 2 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar
la presente Directiva a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del día
1/VII/04. |
LXIX CCM - Montevideo, 28/V/04 |
ANEXO |
DICTAMEN DE CLASIFICACION ARANCELARIA N° 01/04 DEL COMITE TECNICO N° 1 DE
LA COMISION DE
COMERCIO DEL MERCOSUR |
VISTO:
la
Decisión N° 03/03 del CONSEJO del MERCADO COMUN y el Artículo 7° de
la Resolución General N° 1533 de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS DE
LA REPUBLICA ARGENTINA, relativa a la mercadería
denominada: Placas, láminas, hojas y tiras de polietileno, compacto, con
carga (sílice y negro de humo), de densidad inferior a 0,94 g/cm3, con
nervaduras transversales, de los tipos utilizados para la fabricación de
separadores de acumuladores eléctricos. |
CONSIDERANDO: |
I.
Que el caso ha sido sometido a consideración de los demás ESTADOS PARTES,
habiendo consenso de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del Anexo de
la Decisión N° 03/03. |
II.
Que la mercadería a clasificar se trata de: Placas, láminas, hojas y tiras de
polietileno, compacto, con aceite de parafina y carga (sílice y negro de
humo), de densidad inferior a 0,94 g/cm3, con nervaduras paralelas entre sí,
en rollos, de los tipos utilizados para la fabricación de separadores de
acumuladores eléctricos. |
RESULTANDO: Que por aplicación de
la Regla General para
la Interpretación
del S.A. 1 (Nota 10 del Capítulo 39 y texto de la partida 39.20), Regla
General para
la
Interpretación del S.A. 6 (Nota de subpartida 1 b) 1° del Capítulo 39 y texto de la subpartida 3920.10) y Regla General Complementaria, la mercadería en estudio clasifica
en el Item 3920.10.90 de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.), aprobada por
la Resolución G.M.C. N° 65/01 y sus
modificatorias. |
EL COMITE TECNICO N° 1 emite el siguiente DICTAMEN: |
Artículo 1°.- Clasificar en el ítem 3920.10.90 de
la N.C.M. a la mercadería definida en el Considerando II. |
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