ARANCELES
Resolución Conjunta 287-2012 y 188-2012
Modifícase la Resolución 56-11, por la cual se establecieron
los valores de venta de formularios y aranceles de la denominada Cuota Hilton Formularios.
Bs. As., 11/5/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0441890/2011 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, los Decretos Nros.
192 y 193 ambos de fecha 24 de febrero de 2011, las Resoluciones Nros. 7532 de fecha 17 de septiembre de 2009 de la ex
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado
en la órbita del citado Ministerio, 56 de fecha 4 de febrero de 2011 del citado
Ministerio y la
Resolución Conjunta Nº 411 y Nº 309 de fecha 6 de junio de
2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011 se disolvió la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por tal motivo corresponde modificar el destino de los recursos del
producido de las tasas, aranceles y del Certificado de Autenticidad para la
exportación del contingente arancelario denominado Cuota Hilton
Formularios, de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Que en ese sentido, cabe tener presente el artículo 5º del Decreto Nº 192 de
fecha 24 de febrero de 2011, resultando necesario la sustitución de la Cuenta Corriente
Oficial indicada en las Resoluciones Nros. 7532 de fecha 17 de septiembre de 2009 de la ex OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita del
citado Ministerio, 56 de fecha 4 de febrero de 2011 del citado Ministerio y la Resolución Conjunta
Nº 411 y Nº 309 de fecha 6 de junio de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
respectivamente.
Que los Servicios Jurídicos competentes han tomado la intervención
correspondiente.
Que por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el
Decreto Nº 193 de fecha 24 de febrero de 2011, corresponde obrar en
consecuencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Y
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVEN:
Artículo 1º — Sustitúyese
el artículo 2º de la
Resolución Nº 56 de fecha 4 de febrero de 2011 del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, sustituido por la Resolución Conjunta
Nº 411 y Nº 309 de fecha 6 de junio de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente,
por el siguiente texto: “ARTICULO 2º: El pago de los
valores mencionados precedentemente deberá efectuarse a través del sitio web de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
(www.afip.gob.ar), mediante el Volante Electrónico de
Pago (VEP) Formulario 6041 o la boleta de pago para el BANCO DE LA NACION ARGENTINA generada
por medio del servicio “SISTEMA UNICO REGISTRAL (SUR)”, ingresando al módulo “MAGyP - Sistema Sur/ MAGyP/Boleta de Pago para el Banco Nación Argentina”; seleccionando “Otros Pagos”, en caso de abonar formularios, libros, tipificadores
de carnes o la verificación del caudalímetro. Dicho
servicio generará la Boleta
“Trámites Arancelados AFIP - OSIRIS (Formulario 6042)” en DOS
(2) ejemplares, uno para el solicitante y el otro para ser presentado ante la Tesorería jurisdiccional
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, junto con el comprobante de
pago a efectuarse en cualquiera de las sucursales del BANCO DE LA NACION ARGENTINA
(Cuenta Corriente Oficial Nº 53663/23 denominada “MAGP-5200/363-AD.CTROL.COM.AGR- REC.F13”)”.
Art. 2º — Sustitúyese
el segundo apartado del artículo 2º de la Resolución Nº 7532 de
fecha 17 de septiembre de 2009 de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA por el siguiente texto: “ARTICULO 2º: El pago de los valores mencionados precedentemente deberá
efectuarse a través del sitio web de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS (www.afip.gob.ar), entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
ingresando al módulo “MAGyP - Sistema Sur/ MAGyP/ Otros Pagos/ Certificado Hilton”, en el cual se generará la
Boleta “Trámites Arancelados AFIP - OSIRIS
(Formulario 6042)” en DOS (2) ejemplares, uno para
el solicitante y el otro para ser presentado ante la Tesorería jurisdiccional
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, junto con el comprobante de
pago a efectuarse en cualquiera de las sucursales del BANCO DE LA NACION ARGENTINA (Cuenta
Corriente Oficial Nº 53663/23 denominada “MAGP-5200/363-AD. CTROL.COM.AGR- REC.F13”)”.
Art. 3º — La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Norberto G. Yauhar.
— Hernán G. Lorenzino.