Decreto 964-2010
Modifícase el Decreto Nº 357-02 en los apartados XXIII y XXV correspondientes a
los Ministerios de Industria y de Turismo.
Bs. As., 1/7/2010
VISTO el Decreto Nº 357
del 21 febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y el Decreto Nº
919 del 28 de junio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto
citado en primer término se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que por la norma citada
en segundo término se sustituyeron los artículos 1º y 20 bis de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorias, incorporándose el artículo 20
quáter, determinando así los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO
NACIONAL para cumplir con las responsabilidades que le son propias,
estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que en función de las
competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales por el
decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta necesario reordenar las
responsabilidades de las áreas afectadas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que una de las premisas
del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los
recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de
los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean
colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que para ello corresponde
efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas
políticas diagramadas
Que las reformas que
surgen se encuentran fundadas en el análisis y evaluación de las funciones
indelegables del Estado Nacional.
Que ese reordenamiento
requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles
políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una
rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras
dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se
dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de
la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese
del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrerode
2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXIII – MINISTERIO DE
INDUSTRIA, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al
presente artículo.
Art. 2º — Incorpórase
al Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002
—Organigrama de aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría — el apartado XXV - MINISTERIO DE
TURISMO de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al
presente artículo.
Art. 3º — Sustitúyese
del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002
—Objetivos— el apartado XXIII – MINISTERIO DE INDUSTRIA de conformidad con el
detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 4º — Incorpórase
al Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002
—Objetivos— el apartado XXV – MINISTERIO DE TURISMO, de conformidad con el
detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 5º — Sustitúyese
del Anexo III al artículo 3º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002
—Organismos Descentralizados— el apartado XXIII - MINISTERIO DE INDUSTRIA, de
conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente
artículo.
Art. 6º — Incorpórase
al Anexo III al artículo 3º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002
—Organismos Descentralizados— el apartado XXV - MINISTERIO DE TURISMO, de
conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente
artículo.
Art. 7º — Hasta tanto se concluya con la
reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán
vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a
Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades
primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos
niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº
2098/08.
Art. 8º — Establécese
que las áreas de la
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS con competencia en materia técnica, legal, administrativa,
disciplinaria y operativa, ejercerán las actividades de apoyo necesarias al
MINISTERIO DE INDUSTRIA hasta tanto dicha Cartera de Estado se encuentre en
condiciones de atender esas actividades con los servicios de su respectiva
Jurisdicción. Asimismo, el servicio de control interno, será brindado para el
citado MINISTERIO por la
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Art. 9º — Hasta tanto se efectúen las
adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones
de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los
créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi. — Carlos E. Meyer.
PLANILLA ANEXA al
artículo 1º
XXIII. MINISTERIO DE
INDUSTRIA
- SUBSECRETARIA DE
COORDINACION
- SECRETARIA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO
- SUBSECRETARIA DE
INDUSTRIA
- SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL
- SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
- SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL
- SUBSECRETARIA DE
PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
PLANILLA ANEXA al
artículo 2º
XXV. MINISTERIO DE
TURISMO
- SUBSECRETARIA DE
COORDINACION
- SECRETARIA DE TURISMO
- SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO TURISTICO
- SUBSECRETARIA DE
PROMOCION TURISTICA NACIONAL
PLANILLA ANEXA al
Artículo 3º
XXIII. MINISTERIO DE
INDUSTRIA
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el
desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la Jurisdicción y
fiscalizarlas en sus organismos descentralizados.
2. Asistir al Ministro en
el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción, y en la evaluación
de su cumplimiento.
3. Asistir a las unidades
ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y
programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se
proyecten durante el ejercicio financiero.
4. Coordinar el diseño y
aplicación de políticas administrativas y financieras de la Jurisdicción.
5. Asistir a las unidades
ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras
de préstamos, efectuando los trámites administrativos necesarios para la
obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de
todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
jurisdicción.
6. Coordinar las acciones
que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos,
financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de
gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y
las unidades ejecutoras de préstamos.
7. Fiscalizar y coordinar
la información proveniente de las entidades descentralizadas dependientes.
8. Coordinar la
aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos, informáticos y comunicaciones y coordinar su aplicación.
9. Coordinar el despacho,
seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para
cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para
entender en el tema respectivo, como así también el contralor de las
notificaciones producidas por la jurisdicción.
10. Coordinar el servicio
jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas
con la actividad sustantiva de la jurisdicción.
11. Supervisar el
accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos
descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.
12. Entender en la
administración de los espacios físicos de la jurisdicción.
13. Coordinar las
actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO
NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.
14. Instruir los sumarios
administrativos disciplinarios.
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
OBJETIVOS
1. Entender en la
elaboración, propuesta y definición de la política comercial en el campo
exterior, en particular en los procesos de integración subregional,
regional y hemisférica; así como en el ámbito interregional y multilateral.
2. Entender en la
definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización
de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de
dicho sector, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de
promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.
3. Entender en lo
referente a las estructuras arancelarias y las políticas de reembolsos y
reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.
4. Entender en la
elaboración de la normativa sobre reglas de origen, con la intervención de las
áreas competentes y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de
los productos destinados a la exportación.
5. Instruir al servicio
aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes
vigentes relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el
reconocimiento del certificado de origen como documento imprescindible para
determinadas importaciones.
6. Entender en lo
referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias incluyendo los
derechos antidumping, los subsidios y las medidas
compensatorias.
7. Analizar la
problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las
necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.
8. Promover los procesos
de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.
9. Realizar y definir
negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración
regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su
competencia.
10. Promover el
mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a través
de una adecuada asistencia tecnológica.
11. Ejercer el control
superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
12. Colaborar con la AGENCIA NACIONAL
DE DESARROLLO DE INVERSIONES en la promoción y registro de inversiones privadas
en el país, en las áreas de su incumbencia.
13. Supervisar las
acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración
productiva.
14. Supervisar lo
vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
15. Intervenir en la
fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias,
exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.
16. Intervenir,
juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE INDUSTRIA con competencia en
la producción y los servicios, en la elaboración de la normativa y el
otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos
destinados a la exportación.
17. Participar, por sí o
quien designe, en el Consejo de Administración de la FUNDACION INVERTIR.
18. Promover y participar
en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y
supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos
crediticios internacionales.
19. Promover la
articulación de políticas industriales y de comercio exterior con los Gobiernos
Provinciales y la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
20. Ejercer la Autoridad de Aplicación
del Régimen de Compre de Trabajo Argentino (Ley Nº 25.551) e intervenir en las
negociaciones internacionales vinculadas a compras gubernamentales.
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
SUBSECRETARIA DE
INDUSTRIA
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar
en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO, en aquellas materias de su competencia específica.
2. Intervenir en la
definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización
de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de
dicho sector.
3. Intervenir en el
análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.
4. Intervenir en las
negociaciones del sector automotriz a nivel regional e internacional.
5. Participar en las
negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA
sea parte, en los temas de su competencia.
6. Ejercer la
coordinación del Subgrupo de Trabajo Nº 7 —"Industria— (SGT Nº 7) y cuando
corresponda, los Foros de Competitividad Sectoriales, en el ámbito del MERCADO
COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
7. Intervenir en las
políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por
el Gobierno Nacional, en materia de su competencia.
8. Promover la
articulación tecnológico-industrial nacional.
9. Asistir y asesorar en
todo lo relacionado con las acciones que ejecuta la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
10. Apoyar a las
actividades industriales de base tecnológica que conforman los nuevos
desarrollos en la economía.
11. Asistir en la
definición de políticas para la promoción de las inversiones y el
financiamiento destinados al sector industrial.
12. Promover la integración
y eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.
13. Asistir a la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO en la articulación de las políticas industriales con los
Gobiernos Provinciales y la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
14. Intervenir en todas
las propuestas, actividades y acciones que promuevan el desarrollo del diseño
como instrumento para incrementar la competitividad de las empresas.
15. Participar en lo
referente a normativas sobre estructuras arancelarias, zonas francas y reglas
de origen en todo lo que implique al sector industrial.
16. Intervenir en el
Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley Nº 25.551) y asistir en las
negociaciones internacionales vinculadas a las compras gubernamentales.
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
SUBSECRETARIA DE POLITICA
Y GESTION COMERCIAL
OBJETIVOS
1. Entender en la
definición de la política comercial en el campo exterior.
2. Entender en la
elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre competencia
desleal y salvaguardias en lo referente a las prácticas antidumping,
salvaguardias, subvenciones y medidas compensatorias.
3. Entender en la
elaboración, propuesta, interpretación y aplicación de la normativa sobre
instrumentos de política comercial referentes a las importaciones y
exportaciones, reembolsos y reintegros a la exportación y seguro de crédito a
la exportación.
4. Entender en la
elaboración y propuesta de las estructuras arancelarias.
5. Intervenir en la
elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre zonas francas.
6. Asistir en las
instrucciones al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de
los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los
regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen, como
documento imprescindible para determinadas importaciones.
7. Asistir a la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO en la elaboración, interpretación y aplicación de la
normativa sobre reglas de origen.
8. Intervenir en las
negociaciones económicas y comerciales internacionales y en el seguimiento de
procesos de integración regional y hemisférica, así como en las gestiones ante
bloques económicos y zonas de integración, negociaciones multilaterales, en la ORGANIZACION MUNDIAL
DE COMERCIO y con los países de la región Asia-Pacífico.
9. Ejercer, cuando
corresponda, la representación en los órganos existentes o a crearse en el
ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), la ASOCIACION
LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y el resto de los
Acuerdos en que nuestro país sea parte.
10. Coordinar las
relaciones que desde el MINISTERIO DE INDUSTRIA se establezcan con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo
relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica
11. Coordinar la atención
de los requerimientos del sector privado en lo referente a la interpretación de
las normas pertinentes al comercio exterior y asegurar el acceso del mismo a la
información disponible sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.
12. Supervisar el
accionar de la
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
13. Participar por sí o
quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION EXPORTAR.
14. Asistir a la
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO en la articulación de las
políticas de comercio exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES.
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL
OBJETIVOS
1. Entender en la
aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes N° 24.467, N° 25.300, sus
modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en
su carácter de Autoridad de Aplicación, y en la aplicación del Programa de
Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores, instituido por el Artículo 7° de
la Ley N° 25.872, dentro del marco del Programa Nacional de Apoyo
al Empresariado Joven.
2. Entender en los
lineamientos estratégicos y proponer las prioridades en materia de políticas y
programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y al desarrollo
emprendedor y la creación de empresas dentro de las definiciones de políticas
globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.
3. Entender en la
elaboración, propuesta y definición de políticas públicas y estudios dirigidos
a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
4. Contribuir al
surgimiento, desarrollo y consolidación de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas a través de políticas de capacitación, financiamiento y asistencia
técnica.
5. Planificar y programar
políticas y acciones para la promoción de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas, asegurando la adecuada implementación de las políticas diseñadas, con
sentido federal y de inclusión social.
6. Planificar y programar
políticas y acciones para la promoción de la actividad emprendedora, con
especial preferencia hacia los jóvenes emprendedores, con sentido federal.
7. Entender en las
políticas orientadas a promover, impulsar y consolidar las micro, pequeñas y
medianas empresas en el interior del país, con el objetivo de fomentar el
desarrollo regional.
8. Promover los procesos
de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional e intervenir
en el apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería
de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, fomentando la productividad, empleo
genuino, la agregación de valor, el desarrollo local, la formalización,
internacionalización y competitividad.
9. Contribuir a la
consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los
polos productivos del interior del país, y en el desarrollo de los corredores
productivos ubicados en las economías regionales y promover su inserción en el
mercado internacional.
10. Detectar las
necesidades financieras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con el
objetivo de fomentar, promover y facilitar su acceso al crédito en las mejores
condiciones tendientes a su desarrollo y consolidación.
11. Intervenir en la
facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales
domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas a través de las áreas competentes en la materia.
12. Diseñar e implementar
políticas de asistencia financiera que contemplen tanto instrumentos de crédito
como herramientas que fortalezcan las garantías que las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas puedan ofrecer para facilitar el acceso al financiamiento.
13. Entender en la
elaboración de programas nacionales para la capacitación de los cuadros
gerenciales, técnicos y profesionales de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas.
14. Intervenir y
coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera
internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el
cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.
15. Colaborar con las
áreas con competencia primaria del MINISTERIO DE INDUSTRIA en la elaboración y
ejecución de acciones y programas destinadas a promover las exportaciones de
bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando los trámites necesarios para la
realización de las mismas, en un accionar coordinado con el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
16. Intervenir en el
análisis, diseño y ejecución de políticas específicas de apoyo a la
internacionalización internacionalización comercial
de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).
17. Establecer la
definición de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, objeto de las políticas
públicas del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
SUBSECRETARIA DE POLITICA
Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar
en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, en aquellas materias de su competencia
específica.
2. Asistir al Secretario
en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas
de capacitación y asistencia técnica para las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas, supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a
ellas.
3. Analizar la
problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes a las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de manera tal de identificar las
necesidades tecnológicas, ambientales, de capacitación y asistencia técnica.
4. Diseñar, impulsar,
dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia
y promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas en todas sus ramas, del desarrollo emprendedor y la creación de
empresas, dentro del marco de la política general.
5. Asistir en la
modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas.
6. Desarrollar e
instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en
materia de su competencia.
7. Coordinar las acciones
con las distintas regiones del país con el fin de descentralizar la ejecución
de las políticas de la
Subsecretaría y facilitar la integración con los distintos
sectores públicos y privados vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, al desarrollo emprendedor y la creación de nuevas empresas.
8. Proponer y coordinar
la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de
desarrollo regional.
9. Contribuir a la
consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas en los
polos productivos del interior del país, a través de la extensión de la Red de Agencias, y en el
desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción en el mercado
internacional.
10. Intervenir y
coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera
internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el
cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.
11. Coordinar con la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO las políticas tendientes a la promoción de las
exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando su acceso
a mercados internacionales, participando en ferias, congresos e integrando
delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con
las demás áreas con competencia en la materia.
12. Entender en la
promoción, desarrollo y consolidación del asociativismo
entre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
SUBSECRETARIA DE
PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
1. Intervenir y coordinar
en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, en aquellas materias de su competencia
específica.
2. Asistir al Secretario
en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas
de asistencia financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.
3. Analizar la problemática
de financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el objetivo de
diseñar e implementar políticas y acciones tendientes a solucionar los
obstáculos que éstas enfrentan para financiar su actividad.
4. Intervenir en la
aplicación de la Leyes N° 24.467, N° 25.300, sus modificatorias y complementarias.
5. Diseñar, impulsar,
dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento y asistencia
que atiendan a la problemática de financiamiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, incluyendo herramientas de microcréditos,
como así también al surgimiento de nuevos emprendimientos productivos, dentro
del marco de la política general de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
6. Desarrollar e instrumentar
mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de
financiamiento a la actividad productiva, en todo el territorio nacional,
contribuyendo al fortalecimiento de las economías regionales y al desarrollo
local.
7. Fomentar la consolidación
y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los polos
productivos del interior del país, a través de programas y políticas de
financiamiento específicas, que promuevan el desarrollo de las economías
regionales y su inserción en el mercado internacional.
8. Intervenir en la
facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales
domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas.
9. Procurar mejoras en el
acceso al crédito de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas a través de la
creación e implementación de herramientas que promuevan condiciones
preferenciales.
10. Desarrollar,
monitorear y controlar el Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca.
11. Dictaminar las normas
complementarias al Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca que resulten
necesarias para mejorar su funcionamiento y utilización por parte de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas.
12. Proponer y gestionar
programas de asistencia financiera direccionados a
sectores estratégicos del aparato productivo nacional, en línea con los
Programas que desarrolle la
SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y la SECRETARIA DE
INDUSTRIA y COMERCIO.
13. Entender, gestionar y
resolver las peticiones que se presenten en el marco de los siguientes
programas: "
14. Colaborar en la
implementación de los programas de asistencia financiera que establezca el
MINISTERIO DE INDUSTRIA o cualquiera de sus dependencias.
15. Interactuar con el
sistema financiero público y privado para materializar las acciones, políticas
y programas de la
SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
PLANILLA ANEXA al
Artículo 4°
XXV. MINISTERIO DE
TURISMO
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el
desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la
jurisdicción Ministerial y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus
organismos descentralizados.
2. Intervenir en la
elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas del
área de su competencia.
3. Entender en el diseño
y aplicación de políticas administrativas, presupuestarias, financieras y de
capitalización de inversiones de la jurisdicción.
4. Entender en la
política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e
informáticos y sumarios administrativos disciplinarios.
5. Coordinar los
proyectos del Ministerio financiados por organismos internacionales.
6. Diseñar y ejecutar
proyectos de innovación y mejora de la gestión y de calidad de las distintas
dependencias del Ministerio.
7. Coordinar el despacho,
seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada
trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para
entender en el tema respectivo.
SECRETARIA DE TURISMO
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro en
la planificación de los planes y proyectos tendientes al desarrollo sustentable
y competitivo de la oferta turística nacional.
2. Entender en las
políticas de diferenciación y posicionamiento, y establecer estrategias de
comunicación que desarrollen un adecuado vínculo entre demanda y oferta
turísticas.
3. Entender en las
políticas de incentivo a la inversión de capitales en el sector.
4. Entender en los
aspectos referidos a la competitividad turística comprendiendo los estudios y
análisis de mercado en la materia.
5. Entender en las
acciones tendientes a la promoción y el desarrollo en el país de la actividad
turística, coordinando con el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA las
acciones en materia de turismo internacional receptivo.
6. Asistir al Ministro en
las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA.
7. Entender en las estrategias
institucionales tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones
turísticas, estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del
desarrollo sustentable del sector.
8. Entender en las
relaciones institucionales con las organizaciones regionales e internacionales
oficiales y privadas, y con los organismos públicos nacionales y provinciales
referidos a la actividad turística.
9. Entender en la
fiscalización de los prestadores de servicios turísticos.
10. Entender en las
estrategias institucionales para el fomento y prestación del turismo social.
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO TURISTICO
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario
en el planeamiento estratégico de la actividad turística.
2. Asistir al Secretario
en el diseño de acciones destinadas a la obtención de información estadística y
a la ejecución de estudios y análisis de mercado en materia turística.
3. Proponer al Secretario
políticas para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente, a
efectos de satisfacer y desarrollar la demanda en un marco de integración
nacional que sirva de fundamento a las políticas de desarrollo turístico
nacional.
4. Asistir al Secretario
en la definición de las estrategias para el desarrollo de productos turísticos.
5. Impulsar la
materialización, ordenamiento y desarrollo de la inversión de capitales a
través de emprendimientos y obras turísticas a realizar por la actividad
pública y privada.
6. Consolidar la
sistematización de información relativa a las inversiones públicas y privadas
en el sector.
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE
PROMOCION TURISTICA NACIONAL
OBJETIVOS:
1. Entender en las
acciones tendientes a la promoción del turismo interno.
2. Planificar,
desarrollar y ejecutar las acciones destinadas a la promoción y
comercialización del turismo, y dirigir la ejecución de los planes establecidos
para promover la demanda del turismo interno.
3. Proponer al Secretario
el Plan Anual de Acciones Promocionales y promover la
participación en congresos, ferias, exposiciones, eventos especiales,
encuentros de comercialización y cualquier otro tipo de reunión en el país,
apoyando la comercialización de destinos y productos turísticos, y colaborando
con los sectores específicos provinciales, municipales y de la actividad
privada.
4. Entender en las
acciones inherentes al diseño, desarrollo, mantenimiento sistémico y
distribución nacional e internacional de la base de información turística, y en
la búsqueda, análisis, procesamiento, actualización y control de la información
que la conforma.
5. Entender en las
acciones relacionadas con la información, difusión y promoción de la oferta
turística nacional en el marco de las estrategias de comunicación que se
establezcan.
6. Proponer al Secretario
declaraciones de interés turístico, fiesta nacional y auspicios, relacionadas
con lugares y acontecimientos turísticos.
7. Entender en las
actividades vinculadas con el diseño, producción, control de calidad y
distribución del material promocional gráfico, fotográfico, multimedia y audiovisual,
y en la determinación de los medios de comunicación a ser utilizados para la
ejecución de campañas de difusión y publicidad.
8. Proponer al Secretario
el otorgamiento de apoyos económicos a entidades públicas y privadas para la
realización de acciones promocionales del turismo
interno.
9. Proponer al Secretario
la realización de convenios con entidades públicas y privadas para la promoción
turística.
PLANILLA ANEXA al
artículo 5°
ADMINISTRACION
DESCENTRALIZADA
XXIII. MINISTERIO DE
INDUSTRIA
UNIDAD MINISTRO
- Agencia Nacional de
Desarrollo de Inversiones
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
- Instituto Nacional de Tecnología Industrial
(INTI)
- Instituto Nacional de la Propiedad Industrial
(INPI)
PLANILLA ANEXA al
artículo 6°
ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA
XXV. MINISTERIO DE
TURISMO
- Administración de
Parques Nacionales
- Instituto Nacional de
Promoción Turística