LOA
Resolución
171-2012
Prorrógase el plazo establecido por la Resolución Nº 141-11,
relacionada con la emisión de certificados de depósito y warrants
en los términos de la Ley Nº
9643.
Bs. As., 8/5/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0055629/2011 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la
Ley Nº 9643 y el Decreto Reglamentario del 31 de octubre de
1914, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº
141 de fecha 15 de marzo de 2011 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se
estableció un capital mínimo de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) para quienes
soliciten autorización para emitir certificados de depósito y warrants en los términos de la Ley Nº 9643.
Que a su vez la citada norma legal fijó un plazo de DOCE (12) meses para
cumplimentar con la acreditación del capital mínimo exigible para quienes, a la
fecha de publicación de dicha medida, cuenten con autorización para emitir
certificados de depósito y warrants.
Que debe tenerse presente que el artículo 2°, inciso a), de la Ley 9643 y el artículo 4°,
inciso a), del Decreto del 31 de octubre de 1914, Reglamentario de la Ley Nº 9643 imponen a la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, como Autoridad de Aplicación, la comprobación del capital de
la sociedad o empresa de depósito que actúen bajo la modalidad de la citada
normativa, debiéndose justificar, entre otros extremos, el monto del capital
con que se establecen.
Que dicho recaudo permite optimizar el nivel de quienes pretenden acceder a la
autorización o mantener la misma, como así también posibilitar un mayor
resguardo de los distintos sectores que deciden su utilización.
Que en consecuencia, y teniendo en cuenta que para cumplimentar dicha medida
resulta necesario realizar diversos trámites que en muchos casos deben
ejecutarse en ámbitos u Organismos ajenos al de la propia empresa, se estima
conveniente conceder una prórroga a fin de que las sociedades ya autorizadas a
emitir certificados de depósito y warrants puedan
adecuar su capital societario a las exigencias mínimas de la normativa.
Que por otra parte, no debe obviarse para el análisis y resolución de la
cuestión la importancia que ha alcanzado el warrant
como una importante herramienta que permite el acceso al crédito a los
distintos sectores de las diversas economías regionales.
Que en consonancia con lo manifestado, deviene procedente prorrogar el
cumplimiento de la citada obligación hasta el 30 de septiembre de 2012,
inclusive.
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo
2° del Decreto Nº 1034 de fecha 7 de julio de 1995.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorrógase
hasta el 30 de septiembre de 2012, inclusive, el plazo previsto en el artículo
2° de la Resolución Nº
141 del 15 de marzo de 2011.
Art. 2° — La presente medida comenzará a
regir a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo previsto en la Resolución Nº 141 del
15 de marzo de 2011.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Lorenzo R. Basso.
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