Detalle de la norma RE-3-2012-GMC
Resolución Nro. 3 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2012
Asunto Otorgar la condición de excedentes disponibles a los saldos remanentes
Detalle de la norma
RE-3-2012-GMC

RE-3-2012-GMC

 

DISPONIBILIDAD DE EXCEDENTES FINANCIEROS

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 50/03, 39/04, 04/06 y 32/08 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de las Resoluciones GMC Nº 39/04, 04/06, 32/08 y el DI N° 14/06 de la LXIV Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común la Secretaría del MERCOSUR fue autorizada a utilizar recursos de excedentes financieros para fines específicos.

 

Que resulta necesario otorgar la condición de excedentes disponibles a los saldos remanentes no utilizados en aquellos casos en que dichos fines específicos han sido cumplidos en su totalidad.

 

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 –  Disponer que los saldos de recursos excedentes asignados por las Res. GMC N° 39/04, 04/06, 32/08 y por la LXIV Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común retornen a la cuenta de excedentes disponibles de la Secretaría del MERCOSUR. La totalidad de dichos saldos asciende a US$ 49.373 (cuarenta y nueve mil trescientos setenta y tres dólares estadounidenses), compuesto de la siguiente manera:

 

-          US$ 34.127 (treinta y cuatro mil ciento veintisiete dólares estadounidenses) provenientes de la asignación efectuada por la Res. GMC N° 39/04

 

-          US$ 10.656 (diez mil seiscientos cincuenta y seis dólares estadounidenses) provenientes de la asignación efectuada por la Res. GMC N° 04/06

 

-          US$ 1.474 (un mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares estadounidenses) provenientes de la asignación efectuada por la Res. GMC N° 32/08

 

-          US$  3.116 (tres mil ciento dieciséis dólares estadounidenses) provenientes de la asignación efectuada por la LXIV Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común

 

Art. 2 – Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

 

LXXXVII GMC – Buenos Aires, 19/IV/12.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-32-2008-GMC Otorgar la condición de excedentes disponibles a los saldos remanentes
Complementa RE-4-2006-GMC Otorgar la condición de excedentes disponibles a los saldos remanentes
Complementa RE-39-2004-GMC Otorgar la condición de excedentes disponibles a los saldos remanentes