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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Directiva Nº 10 |
01/08/1995 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DR-10-1995-CCM |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
REUNIONES CONJUNTAS |
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VISTO: La Decisión Nº 9/94 del Consejo del Mercado
Común, las Directivas Nº 2/95 y 8/95 de la Comisión de Comercio y la
Recomendación Nº 16/95 del CT Nº 2 "Asuntos Aduaneros". |
CONSIDERANDO: Que es necesario coordinar el procesamiento, la
elaboración y la difusión de las estadísticas de comercio
exterior. |
Que
para tal fin, se hace indispensable la comunicación de las informaciones con que
cuentan las Administraciones Aduaneras. |
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA: |
Art. 1 - Autorizar reuniones conjuntas del Subcomité Técnico
de Estadísticas de Comercio Exterior del CT Nº 3 y del Subcomité de
Informática Aduanera del CT Nº 2. |
Art. 2 - Los Coordinadores de los respectivos Comités
Técnicos adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto
en el Art. 1. |
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