DC-38-2011
GRUPO DE TRABAJO AD HOC PARA LA INCORPORACIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR COMO ESTADO PARTE DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de
Asunción, y en particular su artículo 20, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 28/05 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la integración es
un instrumento fundamental para la promoción del desarrollo económico y de la
justicia social en América del Sur.
Que, en la XLI Cumbre de Presidentes del MERCOSUR, en Asunción el 29 de junio de 2011, los Estados
Partes del MERCOSUR extendieron una invitación al Ecuador para profundizar su
relación con el MERCOSUR.
Que, en la XLII Cumbre de Presidentes del MERCOSUR, el Presidente de la República del Ecuador Don Rafael
Vicente Correa manifestó el interés de su país en iniciar los trabajos para su
incorporación, como Estado Parte del MERCOSUR.
Que los Estados Partes del MERCOSUR y el
Gobierno de la República del Ecuador coinciden en la necesidad de constituir un Grupo de Trabajo para considerar, identificar y permitir
la negociación de todos los aspectos relativos al proceso de incorporación de
Ecuador.
EL CONSEJO DEL
MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Acoger con
satisfacción la disposición del Gobierno de la República del Ecuador a iniciar
los trabajos que permitan al país la plena incorporación al MERCOSUR.
Art. 2 - Constituir
un Grupo de Trabajo Ad Hoc, integrado por representantes de los Estados
Partes del MERCOSUR, para definir, en conjunto con la delegación de la
República del Ecuador, los términos para la incorporación de Ecuador como
Estado Parte del MERCOSUR.
Art. 3 - El Grupo de
Trabajo Ad Hoc deberá tener presente, en sus trabajos, las necesidades e
intereses de todos los países involucrados y la normativa MERCOSUR aplicable.
Art. 4 – El Grupo de
Trabajo Ad Hoc deberá presentar al CMC los resultados de sus trabajos en
un plazo de 180 días, contados a partir de su primera reunión, prorrogable por
igual período.
Art. 5 – Esta
Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes
por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
IX CMC EXT. - Montevideo, 20/XII/11