Detalle de la norma DC-32-2011-CMC
Decisión Nro. 32 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2011
Asunto Acciones tendientes a concretar la operatividad de un sistema de garantías para las micro, pequeñas y medianas empresas
Detalle de la norma
DC-32-2011

DC-32-2011

Montevideo, 19 de Diciembre de 2011.

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 22/07, 12/08, 13/08, 41/08, 42/08, 43/08 y 56/10 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la creación de instrumentos para estímulo y promoción de las inversiones en el sector productivo es fundamental para avanzar en la complementariedad productiva en el MERCOSUR y consolidar el aumento de la competitividad de los sectores productivos de los Estados Partes.

Que por Decisión CMC Nº 41/08 se creó el Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, a efectos de posibilitar que los beneficios de la integración regional lleguen igualmente a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Que es importante dar continuidad a los trabajos de reglamentación e implementación del Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que en la presente coyuntura es fundamental viabilizar instrumentos de estímulo y desarrollo en el MERCOSUR especialmente dirigidos a los segmentos de pequeñas y medianas empresas con vistas a proteger las fuentes laborales y la producción económica en el bloque.

Que la Decisión CMC Nº 56/10 instruyó al “Grupo Ad Hoc sobre Fondo MERCOSUR de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas” a articularse con el Grupo de Integración Productiva, con vistas a considerar mecanismos operativos de garantía para pequeñas y medianas empresas.

Que resulta importante la contribución aportada y que podrán aportar, a solicitud del MERCOSUR, instituciones nacionales y regionales, públicas y privadas, tales como la Corporación Andina de Fomento (CAF), la Asociación Latinoamericana de Instituciones de Garantía (ALIGA), entre otras.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:

Art. 1 - Intensificar las acciones tendientes a concretar la operatividad de un sistema de garantías para las micro, pequeñas y medianas empresas que participen en actividades de integración productiva.

Art. 2 - Instruir al “Grupo Ad Hoc sobre Fondo MERCOSUR de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas” a que, en articulación con el Grupo de Integración Productiva, presente en la próxima Reunión Ordinaria del GMC una agenda de trabajo, que prevea los escenarios para disponer en el menor tiempo posible de un Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLII CMC – Montevideo, 19/XII/11

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-56-2010-CMC Acciones tendientes a concretar la operatividad de un sistema de garantías para las micro, pequeñas y medianas empresas