LOA
Resolución
2-2012
Establécese la apertura del período de captura para la
especie calamar en la Zona
Común de Pesca.
Montevideo, 23/3/2012
Norma estableciendo la apertura del período de captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.
VISTO:
La conveniencia de establecer el período de captura de la especie calamar (IIIex argentinus) durante la
temporada 2012 en la Zona
Común de Pesca.
CONSIDERANDO:
La información disponible sobre la presencia del recurso en la Zona Común de Pesca.
ATENTO:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Artículo 1º — Establecer la apertura del
período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 1 de abril de
2012.
Art. 2º — La Comisión en la
Reunión Plenaria del mes de julio evaluará el estado del
recurso, a fin de establecer la fecha de cierre del período de captura de 2012,
sobre la base de la información técnica aportada por las Partes.
Art. 3º — La transgresión
de la presente Resolución constituye un incumplimiento grave.
Art. 4º) Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto de la
República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores
de la República
Oriental del Uruguay.
Art. 5º) Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina
y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Julio Suárez. — Hernán D. Orduna.
|